El seguro no te puede obligar a ir a un determinado centro de rehabilitación para recuperarte de tus lesiones. Tienes derecho, por póliza, a ir a cualquier centro de rehabilitación concertado.

De hecho, en reclamador.es recomendamos acudir a cualquier otro centro diferente al que indica la aseguradora.

Situación diferente es el médico que valore tus lesiones tras sufrir un accidente. Tras el siniestro, debes enviar la documentación a la compañía de seguros y cuando estos la reciban te citarán para que su médico te valore.

Si puedes desplazarte, habitualmente el seguro te pedirá que acudas a uno de sus centros médicos concertados para que allí te hagan una valoración médica y realicen el seguimiento de las lesiones si fuera necesario.

Si las lesiones sufridas en el accidente de tráfico no te permiten desplazarte hasta el centro médico concertado, la compañía de seguros enviará a tu domicilio un médico para que te valore.

Tras la valoración de lesiones por parte del médico del seguro, recibirás la propuesta de indemnización.

¿Puedo acudir a rehabilitación a un centro de salud público para recuperarme de las lesiones sufridas por un accidente de tráfico?

No, no es posible acudir a un centro médico público para recibir rehabilitación si las lesiones han sido ocasionadas en un accidente de tráfico. La Seguridad Social no cubre los gastos derivados de los siniestros de circulación, que deben ser asumidos por las compañías aseguradoras.

Cuestión diferente son los casos de urgencia y las primeras asistencias tras un accidente de tráfico. En estos casos, sí puedes acudir a un centro médico público, en el que te atenderán y se rellenará un documento con tus datos, los del vehículo y la compañía aseguradora, para que el centro hospitalario remita la factura al seguro, pues es este quien asumirá los gastos médicos derivados del accidente de tráfico.