Hasta ahora, se venía considerando la comisión de apertura como parte esencial del coste final de la hipoteca. El 16 de marzo de 2023, el TJUE dictó una sentencia por la que se estima que esta cláusula no se puede considerar como parte esencial del préstamo y que, por tanto, los bancos deben ofrecer información clara a la hora de comercializar las hipotecas sobre las consecuencias económicas que supone la comisión de apertura. Y, a consecuencia de esto, con la sentencia del tribunal europeo y la posterior sentencia del Tribunal Supremo, si faltó transparencia a la hora de incluirse en el préstamo hipotecario, la comisión de apertura se podría reclamar.