Atención: Si pagaste la plusvalía municipal en fecha posterior al 9 de noviembre de 2021 es de aplicación la nueva regulación, por lo que no hay fundamentación para reclamar con base en la nulidad del anterior método de cálculo. A día de hoy, son muy pocos los casos que ya se pueden reclamar a los ayuntamientos por el cobro indebido de la plusvalía municipal y es por ello que en reclamador.es ya no gestionamos nuevas reclamaciones por este tributo.

Si estás buscando información sobre reclamaciones del impuesto de plusvalía municipal, en este artículo hemos recopilado 4 cuestiones claves sobre este asunto.

  1. ¿En qué casos se puede reclamar la plusvalía municipal para recuperar lo pagado de más por el impuesto?
  2. Fases de la reclamación del impuesto
  3. ¿Cuánto puedes recuperar por el pago del impuesto de plusvalía municipal?

1. ¿En qué casos se puede reclamar la plusvalía municipal para recuperar lo pagado de más por el impuesto?

Si vendiste tu propiedad, o la recibiste en donación o herencia, podrás reclamar la totalidad de lo pagado por el impuesto de plusvalía municipal, en los siguientes supuestos:

  • Si empezaste una reclamación de plusvalía antes de la última sentencia del Tribunal Constitucional y no recibiste ninguna respuesta o tuviste que liquidar el impuesto entre el día 26 de octubre de 2021 y el 9 de noviembre del mismo año. En ambos casos, puedes reclamar el 100% de lo pagado.

Como decíamos al principio del artículo, los supuestos en los que desde 2025 se puede reclamar la plusvalía son muy limitados.

2. Fases de la reclamación

  1. Se va a solicitar al ayuntamiento que corresponda la rectificación de la autoliquidación o recurso si se trató de una liquidación.
  2. Si no contestan a dicha solicitud o si la rechazan, se interpondrá una reclamación administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo municipal que competa. Hay un plazo de seis meses para hacerlo, y si no hubiera tribunal de este tipo en dicho ayuntamiento, se haría un recurso de reposición en el mes siguiente.
  3. Si fuera una liquidación que te han girado, sólo se podría impugnar en el plazo de un mes.
  4. En el caso de que se desestime nuestra reclamación en vía administrativa, se presentará demanda judicial ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo que corresponda.

    3. ¿Cuánto puedes recuperar por el pago del impuesto de plusvalía municipal?

    Puedes recuperar el 100% del impuesto en los siguientes casos:

    • Si empezaste una reclamación de plusvalía antes de la última sentencia del Tribunal Constitucional y no recibiste ninguna respuesta.
    • Si tuviste que liquidar el impuesto entre el día 26 de octubre de 2021 y el 9 de noviembre del mismo año.
    • Si ha habido pérdidas en la transmisión y has pagado el impuesto en los últimos 4 años, también puedes reclamar el total de lo que has pagado.

    A esta cuantía habrá que sumarle los intereses de demora, que son una prestación accesoria que la Administración debe pagar a los contribuyentes en los supuestos en que su reclamación sea estimada ya sea en vía administrativa o judicial.