Desde hace más de dos años no paramos de leer noticias sobre participaciones preferentes y el escándalo de Bankia, donde inversores y ahorradores particulares se han puesto en pie de guerra para recuperar su dinero.

Por lo general, personas con minusvalías, sin educación universitaria o sin formación financiera son los perfiles donde los bancos pusieron el punto de mira para vender un producto complejo y de alto riesgo que hoy desgranaremos.
Antes de todo queremos resaltar que, cuando quieren vender productos financieros complejos, todos los bancos o cajas están obligados a someter a sus clientes a un examen antes de la venta de dichos productos. Esta obligación la impone la directiva europea sobre mercados de instrumentos financieros (MIFID), por lo que las entidades bancarias tienen prohibido hacer firmar contratos que lo clientes desconocen. Pero claro, esto es la teoría. Porque en la práctica, la realidad es que las preferentes se han convertido en el símbolo por excelencia de la protesta contra el sector financiero. Son casi 850.000 los españoles que compraron participaciones preferentes y deuda subordinada que se emitieron. Pero en España sólo hay en torno a 10.000 procesos judiciales abiertos.
¡Por eso os aconsejamos reclamar! El Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) calcula que 260.000 inversores que poseen preferentes o deuda subordinada adquirida en los últimos años conseguirán recuperar el dinero que invirtieron.
¿Qué son las participaciones preferentes?
El profesor de Finanzas Francisco Javier Del Arco define las participaciones preferentes como “aquellos títulos emitidos a perpetuidad por una sociedad con una rentabilidad generalmente variable y no garantizada y que no confieren a su poseedor ni participación en el capital, ni derecho a voto, ni derecho de suscripción preferente”.
Algunas de sus características, según Del Arco:
- No cotizan en Bolsa, pero se negocian en un mercado organizado (AIAF-Asociación de Intermediarios de Activos financieros).
- Pueden contar con un contrato de liquidez, aunque son productos de liquidez generalmente limitada, lo que vuelve dificultoso recuperar la inversión inicial.
- Esta inversión puede generar tanto ganancias como pérdidas, por lo que es considerada como compleja ya que conlleva un riesgo inherente muy elevado.
- Debido a que puede sufrir pérdidas de valor en función del mercado, del emisor y de los mercados financieros, no se garantiza que el valor de la inversión inicial se pueda recuperar.
- Sólo el primer período de rendimiento de preferentes suele ser fijo, mientras que el resto de períodos es habitualmente variable.
- La condición para que el inversor perciba rendimiento es que la sociedad emisora consiga obtener beneficios distribuibles. En el caso contrario, el tenedor de las participaciones preferentes no cobraría ninguna remuneración por dicho período.
- Las preferentes llevan aparejadas una serie de comisiones tanto en la compra como en la venta para la entidad emisora, así como comisiones para el intermediario financiero y unos gastos de administración y custodia.
- Si la sociedad emisora viniese a ser liquidada, el orden de preferencia de las preferentes está por detrás del conjunto de acreedores (tanto comunes como subordinados) y por delante de las acciones ordinarias.
- Las preferentes tienen similitudes con la deuda subordinada por su preferencia en caso de liquidación, pero son parte del capital de la sociedad (renta variable), aunque los derechos de preferencia se refieren a la liquidación y al pago de la remuneración y no a los derechos políticos.
¿Tengo unas participaciones preferentes, ¿qué puedo hacer?
Cada caso de preferentes es único y diferente. Algunas entidades ofrecen una quita — aceptar una pérdida de dinero– y otras la posibilidad de acudir al arbitraje (procedimiento privado y consensuado en el que las partes evitan acudir a los tribunales, a cambio de someterse a la decisión de un árbitro, sin posibilidad de recurso respeto a lo que se dictamine).
En cualquier escenario, siempre cabe la posibilidad de negociar con la entidad financiera antes de acudir a los juzgados. ¡Consúltanos sin compromiso y te asesoraremos!
¿Cómo sé si mi caso es reclamable?
En reclamador.es también te aconsejaremos si debes o no reclamar. Para ello solo tienes que rellenar un sencillo formulario de reclamación de preferentes en nuestra web y nos pondremos en contacto contigo en menos de 72 horas.
Bankia, condenada

Os ponemos algunos ejemplos recientes donde Bankia ha sido condenada a pagar a sus usuarios. Así, en Cantabria, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Torrelavega ha obligado a Bankia de devolver 60.000 euros de participaciones preferentes a un matrimonio de jubilados. El producto fue adquirido en 2009 porque les “incitó” a hacerlo una empleada de la sucursal que la antigua Caja Madrid tenía en esta localidad, pero sin facilitarles información “relevante y suficiente” sobre las posibles consecuencias de su contratación.
En este sentido, el Juzgado de Primera Instancia número 27 de Valencia también ha condenado a Bankia a devolver 245.000 euros de preferentes y subordinadas a un matrimonio compuesto por un mecánico y una ama de casa. El fallo señala que la pareja tenía un perfil “conservador” mientras que las preferentes y subordinadas son productos “complejos, volátiles y con vocación de perpetuidad”.
La justicia está dando la razón a muchos afectados que se han arriesgado a ir a por todo con las demandas. Los arbitrajes están dejando mucho que desear por desgracia.