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7 diciembre, 2017

Qué puedes hacer antes de que termine 2017 para pagar menos impuestos y recuperar dinero

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pareja haciendo la declaración de la renta. reclamador.es, compañía online de reclamaciones.
Trucos para ahorrar un dinero en la declaración de la Renta

Aún estás a tiempo de ahorrarte dinero en la declaración de la renta del año que viene. Date prisa, antes de que termine el año puedes hacer algunas cosas para que el IRPF de 2017 te sea más favorable. También puedes ir reclamando impuestos que hayas pagado indebidamente como el de plusvalía municipal.

Con algunas decisiones adecuadas, es posible ahorrarse más de 3.000 euros según los propios Técnicos de Hacienda (Gestha). En la declaración que deberás hacer entre abril y junio de 2018 y recuperar una media de 4.500 si reclamas la devolución de otros impuestos pagados indebidamente.

1. Planes de pensiones

Es una de las medidas más conocidas. Realizar una aportación antes del 31 de diciembre a un plan de pensiones va a suponer una reducción de la base imponible del impuesto. También a un plan de previsión asegurado. Recuerda que desde el año pasado, el límite de aportaciones que tienen derecho a deducción es de 8.000 euros anuales. Siempre que no supere el 30% de los rendimientos del trabajo y actividades económicas.

Los Técnicos de Hacienda recuerdan que invertir 6.357 euros de media para alcanzar el límite de estas aportaciones garantiza un ahorro fiscal adicional de 1.526 euros de media. Variando este ahorro adicional según los ingresos y la autonomía de residencia.

2. Atención a la plusvalía por la venta de vivienda

Si en 2017 vendiste tu vivienda habitual las ganancias obtenidas tendrán que tributar en tu próxima declaración de la Renta. Será entre el 19% y el 23% (en el País Vasco entre el 20% y el 25%, y en Navarra entre el 19% y el 25%). Ahora bien, si inviertes total o parcialmente el dinero obtenido en otra vivienda que vaya a ser la habitual, no tendrás que tributar por ello. Es decir, será posible neutralizar este pago.

También tendrás exenciones si tienes más de 65 años o eres una persona dependiente. No tendrás que tributar las ganancias obtenidas por la venta de la vivienda habitual. Siempre y cuando el importe total, hasta un límite máximo de 240.000 euros, se destine a constituir una renta vitalicia asegurada en un plazo de seis meses. Si vives en el País Vasco o Navarra consulta las especificaciones en tu caso.

Independientemente del IRPF, y en cualquier territorio de España, recuerda que puedes reclamar la devolución del impuesto de plusvalía municipal. Si no hubo ganancias en cualquier finca urbana (vivienda, local, garaje,…) que hayas vendido, heredado o donado en los últimos 4 años con pérdida de valor podrás recuperar la totalidad de lo pagado.

Impuesto de plusvalía municipal, ¿liquidación o autoliquidación?

3. Deducción por compra de vivienda

Si compraste tu vivienda antes del 1 de enero de 2013, la deducción por compra de vivienda sigue activa.  Siempre y cuando hayas tenido deducciones por dicha vivienda en 2012 o años anteriores. Recuerda que te puedes deducir el 15% de las cantidades aportadas, con un máximo de 9.040 euros, lo que supone una desgravación total de 13.560 euros. Realizar un pago extraordinario -de 4.477 euros de media- antes de que acabe el año para amortizar la hipoteca, siempre que no tengas comisión por ello o sea suficientemente baja, puede ser una opción interesante para reducir el irpf el año que viene, exactamente para reducir la factura fiscal en 671,57 euros. De nuevo consulta las especificaciones propias de tu territorio si vives en Navarra o el País Vasco.

4. Puedes hacer donaciones y pagar la cuota de socio a ONGs, colegios profesionales, sindicatos, fundaciones o asociaciones de utilidad pública.

Estás a tiempo para hacer una donación o hacerte socio de una ONG antes de que termine 2017. Podrás desgravarte un 75% de los primeros 150 euros donados y un 30% del resto de las aportaciones.

Las cuotas pagadas a sindicatos o a colegios profesionales de carácter obligatorio están exentas con un límite de 500 euros.

Entre los donativos a fundaciones y asociaciones declaradas de utilidad pública, se encuentran los partidos políticos. En estos casos las deducciones estarán entre un 10% y un 20% (dependiendo de su destino) y están limitadas a un máximo de 600 euros. De nuevo, si vives en Navarra y País Vasco ten en cuenta las diferencias que pueden existir en las deducciones.

5. Los gastos de defensa de tus derechos laborales también se deducen.

Si has tenido que recurrir a la defensa jurídica contra tu empleador o tienes previsto hacerlo antes de que termine el año, ten en cuenta que los gastos de defensa jurídica contra el empleador también son deducibles con un límite de 300 euros.

6. Si eres autónomo aprovecha el tipo reducido si estás en los primeros años de actividad

Como te explicamos recientemente, hay algunas novedades para los autónomos positivas últimamente. También ha mejorado fiscalmente el trato, la retención ha bajado en las facturas desde el 21% y ahora como sabes los profesionales autónomos deben como norma general incluir retenciones del IRPF en sus facturas del 15% como porcentaje aplicable en 2017. En el caso de que seas nuevo autónomo este año y los dos siguientes la retención a practicar es el 7%. Si más del 70% de tus facturas llevan retenciones de IRPF, no tendrás que presentar la declaración trimestral del impuesto.  Aprovecha lo que queda de año para ponerte al día con facturas y si es tu último año al 7% aprovecha para facturar todo lo posible antes de que comience 2018.

7. Lo que inviertas en emprendimiento tendrá una deducción del 20%

Si has apoyado o vas a apoyar como amigo o familiar a un emprendedor hazlo antes de final de año. Los amigos y familiares hasta de tercer grado de un emprendedor que quiera constituir su propia empresa tienen una recompensa fiscal. Desde 2013 aportar capital para el inicio de una actividad dentro de los tres años desde su constitución tiene una deducción del 20% en la cuota estatal del IRPF de la inversión realizada al suscribir las acciones o participaciones de la sociedad. La base máxima de la deducción es de 50.000 euros anuales. Además se fija la exención total de la plusvalía al salir de la sociedad. Siempre y cuando se reinvierta en otra entidad de nueva o reciente creación el dinero.

Esta deducción es la tercera más potente del IRPF permitiendo deducir 799 euros de media a quien financie a una empresa reciente, aunque se precisa de una inversión media de 3.995 euros, lo que la convierte en la deducción más rentable de media en el IRPF, después de los planes de pensiones y la deducción en vivienda habitual.

Además de esta deducción en la cuota estatal el impuesto, hay que sumar el ahorro fiscal para emprendedores establecido por algunas comunidades. Como Andalucía, Aragón, Baleares, Cantabria, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia, Navarra o Vizcaya.

8. ¿Eres inversor? Compensa las pérdidas con las ganancias

Si eres inversor puedes tener con tus inversiones ganancias y también pérdidas. En caso de haber rendimiento de capital mobiliario positivo es recomendable estudiar la materialización de las pérdidas en venta de acciones y otros productos patrimoniales. Si existen ganancias patrimoniales, compensar con rendimientos negativos de capital mobiliario. Los técnicos de Hacienda recuerdan que el final de año es un buen momento para hacer estas cuentas. Y así poder compensar las pérdidas generadas por ejemplo por un fondo de inversión, acciones o derivados financieros con las ganancias patrimoniales obtenidas. El porcentaje de compensación estatal para 2017 es de un 20%, mientras que para 2018 será del 25%. En el País Vasco los saldos negativos solo se compensan con los saldos positivos en los cuatro ejercicios siguientes, si bien los saldos negativos del capital mobiliario y del capital inmobiliario procedentes de viviendas pueden ser compensados entre sí.

9. Si trabajas para empresas fuera de España te ahorras tributar el IRPF

Si has trabajado en el extranjero este año o lo que queda de mes, los Técnicos recuerdan que los rendimientos obtenidos por los trabajos realizados para empresas radicadas en el extranjero están exentos de tributación con un límite máximo de 60.100 euros anuales (en Navarra hasta 30.000 euros). Esta exención solo está destinada a desplazamientos temporales. Si el contribuyente es residente de otro país ya no tributaría en España.

Eso sí, se podrá aplicar esta deducción siempre y cuando en ese país se aplique un impuesto de naturaleza idéntica o análoga a la del IRPF. Y que no se trate de un territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.

10. Planes de Ahorro 5

Tal vez hayas pensado en ello por su beneficio fiscal diferido. Si tienes un plan de ahorro 5, ya sea una cuenta Individual de Ahorro a Largo Plazo o un seguro Individual a Largo Plazo, o tienes pensado tenerlo, ten en cuenta que es necesaria una permanencia de al menos cinco años desde la primera aportación para que exista una exención de los rendimientos positivos.

Actualmente los intereses están bajos. Piensa en una inversión de 5.000 euros al año, que es el mínimo requerido por los planes de ahorro 5. Con un tipo de interés anual estimado del 2% se podría alcanzar 100 euros de interés. Cuando a los cinco años se hayan depositado 25.000 euros, se alcanzarían 1.540,6 euros de intereses acumulados en ese periodo si los tipos siguen en la misma línea. Por tanto, el beneficio fiscal real en esos 5 años sería de tan solo 292,7 euros. Tal vez no sea tan interesante como medida fiscal como un producto de ahorro seguro a largo plazo con un producto seguro.

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Consejos legales ayuda, impuestos, plusvalía municipal, plusvalía municipal por ganancias, plusvalía municipal por pérdidas

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