El plazo del que dispone la agencia tributaria para resolver la solicitud de rectificación de la renta es de 6 meses.

Si la administración no resuelve o resuelve desfavorablemente puedes interponer en el plazo de un mes:

  • Recurso de reposición (potestativo)
  • Reclamación económico-administrativa

Estos procedimientos no se pueden simultanear. Si se acude al recurso de reposición no es posible interponer paralelamente la reclamación económico-administrativa, habrá que esperar a que se resuelva o que transcurra el plazo de un mes para interponer reclamación económico-administrativa.

Iniciada la reclamación económico-administrativa el plazo para resolver es de 6 meses (1 año si la cuantía es superior a 6.000€), transcurridos los cuales es posible acudir a la vía judicial.