Acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad para eliminar total o parcialmente las obligaciones de pago (deudas), genera enorme incertidumbre tanto a particulares como autónomos. Una de las circunstancias que más suele llevar a confusión y que conlleva que muchas personas se echen para atrás, es la recopilación de documentación necesaria para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad. Por ello, en nuestro afán de ayudar a todos aquellos que confían en nosotros para solucionar sus dudas y problemas legales, en reclamador.es contamos con una herramienta de sincronización de documentos, lo que permite que seamos nosotros quienes recopilemos todos los documentos que necesitas para que tu caso tenga éxito y puedas empezar de nuevo con una segunda oportunidad financiera.

Es muy sencillo, únicamente debes disponer de Clave PIN, al registrarte, si dispones de este sistema de autentificación, te llegará un código que nos facilitarás y, con ello, nosotros nos encargamos de recopilar toda tu documentación, sin que tú tengas que hacer nada más. Únicamente, te pediremos unos documentos a los que no podremos acceder, como son tu DNI o tu certificado de cuentas bancarias.

Nuestro compromiso es ayudarte y facilitarte esa nueva oportunidad. Hacemos fácil lo más difícil. Y siempre estaremos a tu lado, porque ante cualquier duda, nuestro equipo estará disponible para ti para resolver esas cuestiones.

Si todavía dudas de esta gran ventaja, a continuación recopilamos todos los documentos que debes aportar en el proceso de cancelar deudas con la Ley de Segunda Oportunidad y que, recuerda, si confías en reclamador.es, conseguimos por ti.

Documentación necesaria particulares Ley de Segunda Oportunidad

Vamos a continuación a señalar los documentos que hay que recopilar en caso de que como particular quieras acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad. como particular debes recopilar si quieres acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad.

Ten en cuenta que, si decides confiar en reclamador.es para cancelar tus deudas con la LSO, nosotros nos encargamos de recopilar casi toda la documentación por ti. Para ello, debes disponer de Clave Pin. Te ahorramos tiempo y quebraderos de cabeza gracias a nuestra herramienta de sincronizador de documentos.

  1. DNI/NIE. Sirve una fotocopia por ambas caras del documento. ok
  2. Certificado de nacimiento. Este se puede conseguir en el Registro Civil donde esté inscrito tu nacimiento o bien se puede solicitar el certificado de nacimiento en la página web del Ministerio de Justicia.
  3. Certificado o volante de empadronamiento. Este se solicita en el ayuntamiento. Vigencia de 3 meses.
  4. Certificado de antecedentes penales. Dicho documento se solicita en el Ministerio de Justicia. Vigencia de 3 meses.
  5. Informe de vida laboral actualizado. Se puede solicitar online a través de la página web de la Seguridad Social. Obtendrás un PDF que luego será utilizado en caso de presentarse demanda. O el informe de servicios prestados.
  6. IRPF de los últimos 3 ejercicios. Por ejemplo, si solicitas en 2023 acogerte como particular a la Ley de Segunda Oportunidad, deberás recopilar las declaraciones de la renta de 2022, 2021 y 2020. Se puede solicitar online en la página web de la Agencia Tributaria. De no estar obligados a presentar la declaración de la renta, entonces es necesario el certificado de imputaciones.
  7. Respecto a los bienes:
    • En el caso de viviendas, plazas de garaje, trasteros, etcétera: es necesaria la nota simple, escritura de préstamo hipotecario y último recibo de hipoteca.
    • En el caso de vehículos: es necesario el permiso de circulación y el informe detallado de la DGT.
    • Si como deudor no dispones de bienes a tu nombre, como documentación para acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad necesitarás una nota de localización del Registro Civil.
    • En el caso de cuentas bancarias, es necesario recopilar el certificado de saldo y certificado de titularidad de las cuentas bancarias (sirve con un pantallazo de todas las cuentas bancarias donde se vea el titular de la cuenta).
    • En ausencia de ambos documentos (porque no se puede acceder), también sería posible optar a la Ley de Segunda Oportunidad con una foto con el número de cuenta. Junto con tu fotocopia del DNI, este es el otro documento que no podremos conseguir por ti en reclamador.es (siempre que dispongas de Clave PIN).
    • Nota de localización. Si no se tiene bienes, es necesario de la nota de localización. Solo en Registro de la Propiedad o con el Certificado Digital.
  8. Listado de acreedores (deuda actualizada). Aquí, para como particular acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad, es necesario recopilar el listado de deudas (acreedores, fecha de vencimiento, importe, tipo de deuda, dirección postal, correo electrónico).
  9. Régimen matrimonial. En el caso de haber contraído matrimonio, también deberás recopilar y presentar el número de DNI, así como nombre y apellidos de tu pareja.
  10. Documentación procedimientos judiciales. Demandas recibidas. Si ya tienes abierto algún procedimiento, necesitarás indicar quién es el acreedor que ha interpuesto la demanda y otra información relevante como puede ser el número de procedimiento, la cuantía que reclaman o el juzgado. Documento escaneado, no sirven fotografías.
  11. Relación de gastos vitales. Por ejemplo hipoteca o alquiler, suministros, gastos de alimentación.

Documentos necesarios para autónomos Ley de Segunda Oportunidad

Además de los documentos para particulares ya señalados en este artículo, si eres autónomo deberás recopilar:

  • Listado de trabajadores para autónomos que tengan trabajadores a su cargo.
  • El pago de autónomos.
  • Alta o baja del IAE.
  • Balance de ejercicios.
  • Declaraciones de impuestos.