Atención: Si pagaste la plusvalía municipal en fecha posterior al 9 de noviembre de 2021 es de aplicación la nueva regulación, por lo que no hay fundamentación para reclamar con base en la nulidad del anterior método de cálculo. A día de hoy, son muy pocos los casos que ya se pueden reclamar a los ayuntamientos por el cobro indebido de la plusvalía municipal y es por ello que en reclamador.es ya no gestionamos nuevas reclamaciones por este tributo.

Documentos para reclamar la plusvalía municipal

Si has pagado el impuesto de plusvalía municipal con pérdidas, te hará falta para reclamar la siguiente documentación:

  • Copia de tu DNI.
  • Copia de la escritura de adquisición del inmueble (sea por compra, herencia o donación).
  • Copia de la escritura de transmisión del mismo.
  • Copia de la autoliquidación/liquidación del impuesto con el sello de la entidad bancaria o justificante que acredite el pago del impuesto.

Cómo es el proceso de reclamar la plusvalía municipal

Tras la Sentencia del Tribunal Constitucional del 26 de octubre de 2021, en la que se declara nulo el método de cálculo del impuesto y la nueva regulación, están muy delimitados los casos que a día de hoy, desde 2025, se pueden reclamar por el impuesto de plusvalía municipal. Si quieres conocer esas pocas situaciones que todavía dan derecho a reclamar la plusvalía, entra en el siguiente artículo: