Una nueva fórmula para comercializar tarjetas revolving: como bonificación de la hipoteca

Madrid, 03 de diciembre de 2020. Quien a día de hoy se enfrente a la adquisición de una vivienda mediante préstamo hipotecario o incluso aquellos que están pensando en cambiar de banco su hipoteca y estén analizando detenidamente la oferta bancaria de este producto habrán podido comprobar cómo un elevado porcentaje de entidades financieras ofrecen determinadas bonificaciones para rebajar el diferencial de sus préstamos. Las bonificaciones más habituales son la domiciliación de la nómina y la contratación de seguros, como el de hogar o el de vida. Pero hay muchas otras bonificaciones que aplican los bancos, según informa reclamador.es, y una de ellas puede ser la contratación de las conocidas tarjetas revolving.

Esta bonificación puede salir muy cara a los hipotecados. Rebajar el diferencial un 0,05% o 0,10% -que es lo que habitualmente se oferta para estos productos- puede suponer una deuda adicional al préstamo realmente complicada de saldar y más cuando se ofrece esta tarjeta como una importante disminución mensual de la cuota hipotecaria sin explicar los riesgos que supone el uso de esas tarjetas revolving.

Así, a día de hoy, explica reclamador.es, numerosos consumidores se están enfrentando a deudas que no paran de crecer y que para que los bancos devuelvan el dinero y los consumidores puedan dar por cancelado el crédito de esas revolving tienen que acudir a la justicia. Una deuda que, según el año de contratación del préstamo, el tipo de interés de la tarjeta revolving, entre otras circunstancias, asciende, de media, según datos de reclamador.es, a unos 2.000€, si bien hay casos en los que esa deuda asciende hasta los 10.000€.

Es por esto que la compañía online de servicios legales, lanza un aviso a todos los futuros hipotecados, pues lo que en principio puede parecer una buena oferta para reducir el coste del préstamo hipotecario, puede llevar aparejado otra deuda más a la que deba enfrentarse, si bien esta con unos intereses muy elevados -cerca del 20% incluso superior- y con una solución final para el afectado complicada, pues una vez contratada la tarjeta revolving dar por terminada la deuda generada por la misma se convierte en una batalla judicial.

reclamador.es aconseja a los futuros hipotecados estudiar detenidamente todas las bonificaciones que ofrecen las entidades financieras para rebajar el diferencial del préstamo hipotecario y comparar el coste de esos servicios con la rebaja en la cuota hipotecaria. Un ejemplo muy claro son las tarjetas revolving, pero existen otras bonificaciones que deben compararse, por ejemplo, los seguros, cuyas primas pueden neutralizar o incluso hacer ilusorio el ahorro prometido en el préstamo. Los hipotecados deben estudiar el coste de dichas pólizas contratadas a través del banco con la oferta externa y calcular si la rebaja en la cuota del préstamo al año supone un ahorro real o si, por el contrario, pese a esa disminución del diferencial al final del año el hipotecado termina pagando una cantidad superior a si hubiera contratado el seguro de vida o de hogar con una tercera empresa.

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