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20 julio, 2020

Errores habituales al gestionar una herencia

4 / 5 ( 5 votos )
errores habituales al gestionar una herencia
5 errores comunes al tramitar una herencia

Desde conocer los impuestos que se pagan en función del grado de consanguinidad hasta darse cuenta tarde de la necesidad de contar con asesores legales y fiscales para tramitar la herencia. Cuando los ciudadanos se enfrentan por primera vez a la gestión de una herencia se suelen cometer diversos errores que, de no subsanarse a tiempo, pueden suponer un agravio económico para los herederos. 

Sabemos que, en una gran mayoría de los casos, no nos informamos sobre los trámites, impuestos y documentación necesaria hasta que no nos enfrentamos a ese difícil momento -tanto personal como legal- de heredar. Pero tanto si es así, es decir, estás tramitando una herencia en estos momentos, como si quieres informarte para tener unos conocimientos básicos y cuando llegue ese momento no te enfrentes desde 0 a una sucesión, en reclamador.es hemos recopilado los 5 errores al heredar más habituales. 

1. No contar con los plazos fijados para pagar los impuestos de una herencia

Sabemos que es una situación muy complicada, pero los herederos deben tener en cuenta que existe un plazo fijado en la ley para liquidar el impuesto de sucesiones. Este plazo es de 6 meses y empieza a contar desde el momento del fallecimiento del causante. Existe la opción de solicitar una prórroga de otros 6 meses para poder liquidarlo, pero hay que pedirla en los 5 primeros meses.

Solo hay una situación en la que los herederos no deben pagar el impuesto de sucesiones y es cuando se renuncia a la herencia de forma pura y simple. En el resto de los casos, hay que liquidar este tributo. También, si existiera una vivienda en la masa hereditaria habría que liquidar el impuesto de plusvalía municipal. El plazo para pagar la plusvalía municipal cuando se produce por mortis causa es, igualmente, de 6 meses desde el fallecimiento del causante -si la plusvalía se paga por donación o venta el plazo es de 30 días-. 

Por todo esto, cuanto más se tarde en empezar a gestionar una herencia, menos días tendrán los herederos para pagar los impuestos que implica heredar.

2. Desconocer que también se heredan las deudas 

Al hilo de lo anterior, cuando nos enfrentamos por primera vez a una herencia sin unos conocimientos previos, puede conllevar la aceptación de una herencia con numerosas deudas que el heredero deberá asumir como propias una vez se acepte y reparta la herencia. 

Pese a que los notarios informan de estos hechos, los sucesores pueden ahorrarse tiempo y dinero si se asesoran bien y pueden decidir o bien aceptar la herencia a beneficio de inventario o, incluso, renunciar a la misma. 

3. Otro de los errores al heredar es no saber cómo se reparte una herencia

Un error muy habitual al enfrentarse al reparto de una herencia es pensar que a cada heredero forzoso le corresponde un tercio de la herencia. Esta es una de esas “leyendas urbano-jurídicas” erróneas. 

La herencia se divide en tres tercios, uno de ellos reservados para los herederos forzosos (la legítima). Si son varios herederos, ese tercio de la herencia se divide entre cada heredero. 

En el artículo “Guía sobre la legítima de una herencia” explicamos quiénes son herederos legitimarios y cómo se reparte una herencia. 

4. Desconocer cómo afectan las donaciones en las herencias

Sí, las donaciones afectan de una u otra manera en las herencias y este hecho es muy desconocido. En el artículo “Así afectan las donaciones en las herencias” explicamos detalladamente este supuesto para que tengas toda la información, si bien, te adelantamos que el Artículo 1035 del Código Civil recoge que “El heredero forzoso que concurra, con otros que también lo sean, a una sucesión deberá traer a la masa hereditaria los bienes o valores que hubiese recibido del causante de la herencia, en vida de éste, por dote, donación u otro título lucrativo, para computarlo en la regulación de las legítimas y en la cuenta de partición”. 

5. Pensar que se puede gestionar una herencia sin asesoramiento legal experto

Y es que tramitar una herencia tiene numerosos pasos y numerosos documentos a recopilar según el tipo de herencia al que se enfrenten los herederos que pueden dar lugar a errores al heredar. Por ejemplo, si el fallecido no dejó hecho testamento, se deberá hacer la declaración de herederos y, para ello, hay que solicitar una serie de documentación. 

Pero no solo esto, como ya hemos señalado, si desde el principio pones en manos de abogados expertos en herencias la tramitación de una herencia -por fácil que pueda parecer- se ocuparán de asesorarte en el pago de impuestos o las posibilidades que existen cuando en la masa hereditaria hay numerosas deudas que el fallecido dejó sin pagar en vida o qué corresponde a cada heredero si recibió una donación del fallecido. 

En no pocas ocasiones, los herederos recurren a los expertos cuando al enfrentarse al papeleo y plazos de una herencia no son capaces de continuar sin ayuda experta fiscal y legal. Y también en no pocas ocasiones, esa ayuda llega tan tarde que situaciones como recargos en el pago de los impuestos de una herencia es inevitable. 

Expertos en herencias, como los de reclamador.es, ayudan con los trámites, informan de toda la documentación necesaria y resuelven todas las dudas sobre el reparto de la herencia, que no son pocas, tanto al principio de todo el proceso, como por ejemplo, si el causante dejó o no testamento hecho o ya al final con el reparto de los bienes, derechos y deudas y cómo influirá esto en la próxima declaración de la renta. Pasando por todos los trámites a realizar en función de si había o no testamento. 

Nuestra recomendación es que una vez pasados esos difíciles primeros momentos tras el fallecimiento de un ser querido, quitarse todos los quebraderos de cabeza que supone heredar y poner el caso en manos de nuestros asesores y abogados expertos en herencias. 

Consulta tu caso con nuestros expertos

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Comentarios

  1. Sonya dice

    16 noviembre, 2020 en 9:17

    Mi padre ha heredado 1/5 del 50% de una vivienda (era hijo de madre pero no de padre). La vivienda tiene deudas con la comunidad, ibi, luz, agua.. Quiero saber si el total de la deuda se paga a partes iguales entre los 5 herederos o si mi padre solo debe pagar la deuda que hereda de su madre, es decir, 1/5 parte del 50%. Gracias

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      17 noviembre, 2020 en 11:56

      Hola Sonya,

      Le corresponde pagar en función del porcentaje de propiedad que tenga. Lo único que tiene que tener en cuenta es que si les reclaman la deuda, podrán hacerlo a cualquiera de los propietarios y posteriormente, solucionarlo entre ellos.

      Gracias por leer nuestro blog.

      Responder
  2. Alma dice

    5 febrero, 2021 en 7:08

    Después de dos años del fallecimiento de mi tía, un heredero sigue sin pagar los impuestos y disfrutando de la herencia
    El otro heredero,yo, ya pagué todos mis impuestos antes de los 6 meses
    Esta situación no me parece justa, ambos firmamos la escritura de la herencia y la obligación de pagar dichos impuestos ante el Notario
    Que puedo hacer, para que esté heredero cumpla como hice yo?
    Cómo puedo saber si Hacienda le notificó el pago que tiene pendiente?
    Pues no me parece justo que esté esperando que pasen 5 años para que prescriba

    Muchas gracias

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      24 febrero, 2021 en 7:29

      Hola Alma,

      Para que podamos darte una respuesta personalizada lo mejor es que nos contactes ya que tu consulta requiere de una consulta con un abogado. Ahora mismo tenemos disponible un nuevo servicio de videoconsulta online que consiste en que un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión en concreto. Puedes registrarte aquí para solicitar que te llamemos sin compromiso y explicarte más. ¡Te esperamos!

      Responder
  3. Encarna dice

    22 febrero, 2021 en 5:10

    Terminamos de ver mi hermana y yo que una cocher de mi otra hermana fallecidaen 2012 no aparece en la declaración de herederos que nos hizo el abogado.Que podemos hacer?

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      24 febrero, 2021 en 6:14

      Hola Encarna,

      Para que podamos darte una respuesta personalizada lo mejor es que nos contactes ya que tu consulta requiere de una consulta online con un abogado. Ahora mismo tenemos disponible un nuevo servicio de videoconsulta online que consiste en que un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión en concreto. Puedes registrarte aquí para solicitar que te llamemos sin compromiso y explicarte más. ¡Te esperamos!

      Responder
  4. Damian dice

    23 febrero, 2021 en 9:08

    Mi madre me hizo donacion en vida,y pague hace 12 años 6500 euros entre impuestos gestor notario,ahora fallecio mi madre,y la herencia del dinero es para mi hermana unos 70000 euros,yo tengo que pagar algo mas por la donacion de mi casa?

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      24 febrero, 2021 en 6:24

      Hola Damian,

      Tu consulta requiere de un asesoramiento personalizado para poder hacer el cálculo de lo que nos indicas. Ahora mismo tenemos disponible un nuevo servicio de videoconsulta online que consiste en que un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión en concreto. Puedes registrarte aquí para solicitar que te llamemos sin compromiso y explicarte más. ¡Te esperamos!

      Responder
  5. Margarita dice

    24 febrero, 2021 en 10:25

    Hola tengo una pregunta qué hacer ! Eh ganado una demanda de afiliación y tengo declaración de heredero a mi nombre ,y los anteriores heredero se an adjudicados una parte de la herencia que an registrado a catastro y an echo escritura después de haber sido demandado… Que tengo que hacer para recuperar esa parte de la herencia que ellos se adjudicaron

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      25 febrero, 2021 en 6:09

      Hola Margarita,

      Tu consulta requiere de un asesoramiento personalizado para estudiar todo esto que nos indicas. Ahora mismo tenemos disponible un nuevo servicio de videoconsulta online que consiste en que un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión en concreto. Puedes registrarte aquí para solicitar que te llamemos sin compromiso y explicarte más. ¡Te esperamos!

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