Un juzgado de Valencia anula la cláusula suelo a un cliente cuyo padre era empleado del banco

reclamador logra una nueva sentencia donde queda demostrado que las condiciones del préstamo hipotecario del afectado eran abusivas y no reunían los requisitos de transparencia exigidos por el Tribunal Supremo

El Popular deberá devolver al cliente aproximadamente 6.079,65 euros por las cantidades cobradas de más desde mayo de 2013

Madrid, 21 de junio de 2016reclamador ha logrado una nueva sentencia, en el Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, que condena al Banco Popular a eliminar la cláusula suelo de la hipoteca de una vivienda y a restituir al cliente las cantidades "indebidamente cobradas" desde el 9 de mayo de 2013. Se trata de la fecha en la que el Tribunal Supremo declaró nulas estas cláusulas abusivas en los casos en los que había “falta de transparencia” en su comercialización. Además, el juez sostiene que el banco no ha acreditado que se le explicara al afectado o al padre, --quien trabajaba en la entidad-- la citada cláusula.

El juzgado estima así la demanda de un particular y requiere a la entidad demandada que en el plazo de veinte días presente un nuevo cuadro de amortización del préstamo, y sin aplicación de la cláusula suelo desde el 4 de junio de 2013. Es una sentencia del pasado 16 de mayo, explica la plataforma de reclamaciones.

Empleado del banco

El banco, en su defensa, argumentó durante la /vista que el padre del afectado era empleado en la entidad, y que, por lo tanto, el usuario había sido informado correctamente sobre la aplicación de la cláusula suelo en el préstamo hipotecario. No obstante, el juez aclaró que el hecho de que el padre tuviera únicamente funciones de caja en la entidad financiera no implica que el banco pierda su obligación de acreditar que informó al cliente o a su progrenitor de la existencia de la controvertida cláusula.

La nulidad de la cláusula suelo supone que el cliente ha visto reducida su cuota mensual en 100 euros, lo que supone dejar de pagar al año unos 1.200 euros. En cuanto a la retroactividad, Banco Popular deberá devolver al afectado 6.079,65 euros por las cantidades cobradas de más.

Al respecto, Alberto Lucero, abogado de reclamador que ha defendido el proceso, indica que “estamos muy satisfechos con esta resolución. Es una muestra más de que las entidades deben cumplir con los requisitos de transparencia establecidos, y aclarados por la jurisprudencia, al comercializar sus productos y que no sirven excusas para saltarse la normativa aplicable”.

Vía judicial

Para la reclamación del dinero cobrado de más por parte del banco hay que interponer una demanda judicial. Las entidades no devuelven el dinero de motu proprio sino mediante sentencia. Es una de las estrategias que utilizan para conseguir que los clientes se detengan porque no quieren verse envueltos en procedimientos judiciales, ni asumir el coste que estos procesas conllevan.

Por ello, reclamador recomienda acudir a profesionales y abogados especializados, para denunciar los hechos e iniciar el proceso legal. La compañía hace que el proceso sea más ágil y fácil: el usuario no tiene que adelantar dinero para iniciar los trámites y sólo cobra por su trabajo en caso de éxito.

reclamador ya ha recibido más de 10.000 reclamaciones bancarias desde su creación, de las cuales la gran mayoría son referentes a cláusula suelo. En ese sentido, los clientes de reclamador afectados por esta cláusula abusiva han recuperado unos 6.000 euros de media.