Según datos de reclamador.es, compañía online de servicios legales, las consultas relacionadas con vuelos y derechos del pasajero han experimentado un incremento del 18 % en los últimos dos meses, en comparación con el bimestre inmediatamente anterior al inicio de las hostilidades en Irán.
Las consultas gestionadas por los equipos de atención al cliente y comercial de reclamador.es han evolucionado a medida que el conflicto se ha prolongado. Durante los primeros días, el grueso de las dudas se centró en la cancelación inmediata de vuelos y la seguridad de los trayectos que sobrevolaban la zona afectada. Una vez se confirmó que el espacio aéreo de determinados países continuaba cerrado, el interés se desplazó hacia los viajes contratados para semanas posteriores, con pasajeros temerosos de cambios en escalas o pérdida de conexiones.
Actualmente, reclamador.es señala que en los últimos días, el foco se ha trasladado al verano. La gran preocupación es la posible cancelación masiva de vuelos por el precio de los combustibles.
María Carrión, manager de los equipos de atención al cliente y comercial de reclamador.es, explica que “es muy importante distinguir entre una cancelación por seguridad aérea debido a la guerra, considerada fuerza mayor, y una cancelación por inviabilidad económica debido al coste del queroseno. Si la aerolínea decide cancelar rutas este verano alegando la subida del precio del combustible para proteger sus márgenes, el pasajero no solo tiene derecho al reembolso del billete o transporte alternativo, sino que podría tener derecho a una indemnización de hasta 600 €, ya que los costes operativos son un riesgo empresarial, no una circunstancia extraordinaria”.
Para que exista ese derecho a compensación económica de hasta 600 €, Carrión aclara que “la cancelación del vuelo se tiene que avisar con menos de dos semanas de antelación. Junto con esos hasta 600 €, el viajero o viajera también tendría derecho al reembolso íntegro del billete o a ser reubicado en otro vuelo, a elección de la persona afectada por la cancelación del vuelo”.
“Si durante las primeras semanas del conflicto informamos de que esas cancelaciones por cierre del espacio aéreo no daban derecho a compensación por ser causa de fuerza mayor, ahora, ante el miedo a futuras cancelaciones por el precio del queroseno, estamos comunicando que sí se podría reclamar una indemnización, siempre que el aviso se produzca con menos de 14 días de antelación. Si la aerolínea informa con más tiempo, su obligación es reubicar al pasajero o reembolsar el coste del billete”, concluye la manager de reclamador.es.