La paga extra no es obligatoria en verano

La bonificación de las pagas extras vendrá estipulada por convenio colectivo o, en su defecto, por acuerdos entre el empresario y los representantes legales de los trabajadores.

Quiénes tienen derecho a estas pagas extraordinarias y si pueden recibirlas los jubilados, dos de las principales dudas de los trabajadores cuando llega el verano que explica reclamador.es.

Madrid, 19 de junio de 2019. Llega el verano y muchas personas se preguntan cuándo cobrarán ese ingreso extra con el que piensan sufragar los gastos de las vacaciones. La denominada paga extra, estipulada en muchas empresas entre junio y julio, es un desahogo para los españoles. Pero no todos los trabajadores la reciben de igual manera. En este sentido, reclamador.es, compañía online de servicios legales, despeja 5 de las principales dudas que pueden surgirle a los empleados en relación a las pagas extras este verano.

1.¿Qué es la paga extra y quiénes tienen derecho a ella?

Una paga extra –o gratificación extraordinaria– es una remuneración salarial adicional al salario base mensual que percibe el trabajador la cual se encuentra establecida en la ley.

Cada paga extraordinaria tiene que ser igual al salario base que corresponda a la categoría profesional del trabajador y en ningún caso podrá ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), por lo que nunca podrá superar ese importe.

Tendrán derecho a percibir esta gratificación aquellos trabajadores que tengan establecido, en su contrato, el cobro de su nómina en 14 pagas anuales; en lugar de en 12.

2. ¿Cuándo se cobran las pagas extra?

Una de las principales dudas que le surgen a los trabajadores en relación a las pagas extras es cuándo se cobran. En este sentido, el artículo 31 del Estatuto de Trabajadores establece que las gratificaciones extraordinarias tendrán lugar “en ocasión de las fiestas de Navidad” y, además, “en el mes que se fije por convenio colectivo o por acuerdo entre empresario y los representantes legales de los trabajadores”. Igualmente, se fijará por convenio colectivo la cuantía de tales pagas.

Por lo general, la bonificación que no corresponde a las navidades, se cobra en los meses de verano. Habitualmente, suele ingresarse junto con la nómina del mes de junio. Quedando, de esta manera, equitativamente repartidas las pagas.

3. ¿Cuánto se cobra en las pagas extras?

La cantidad que percibirá un trabajador en concepto de paga extra vendrá estipulada por el convenio colectivo. Dicha bonificación quedará reflejada en la nómina de cada empleado como gratificación extraordinaria, debiendo incluirla en su declaración de la renta.

4. ¿Son obligatorias? El prorrateo de las pagas extraordinarias

La respuesta es no. Las pagas extras no son obligatorias, ni siquiera en verano, ya que pueden ser prorrateadas durante el resto del año. Es más, hay algunos convenios colectivos que las prohíben expresamente.

Puede ser, señalan desde la compañía online de servicios legales, que en lugar de recibir 14 pagas, el trabajador perciba 12, repartiéndose la cuantía de las dos pagas restantes entre ellas. Esto es, que la empresa le prorratea las bonificaciones extraordinarias. En cualquier caso, la cantidad que reciba será la misma, independientemente del número de pagas que vengan estipuladas en su contrato.

5. ¿Tienen derecho los jubilados a recibir la paga extra?

Sí. En este caso, el importe de las mismas dependerá de los años de cotización y la edad que se tenga. Si un jubilado recibe 14 pagas en concepto de pensión, dos de ellas corresponderán a las pagas extras. En cualquier caso, será el Instituto de la Seguridad Social (INSS) quien se encargue de realizar los pagos.


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