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Las personas que hacen posible reclamador.es

7 febrero, 2021

¿Es obligatorio inscribir en el Registro de la Propiedad una vivienda heredada?

4.8/5 - (5 votos)
vivienda heredada registro de la propiedad herencias
Registrar vivienda heredada

Una vez realizados todos los trámites de una herencia y llegados los herederos al acuerdo de proceder a la partición de la herencia, aquellos que reciben una vivienda, una finca o un terreno es ¿es obligatorio inscribir en el Registro de la Propiedad una vivienda heredada? 

Pues bien, en España no es obligatorio inscribir un bien inmueble (o finca, terreno, etcétera), si bien sí es totalmente aconsejable. Una vez realizada la partición de la herencia y recibido, por ejemplo, una vivienda, te aconsejamos inscribir esta a nombre del heredero o herederos en el Registro de la Propiedad. 

Registrar vivienda heredada: no es obligatorio pero sí recomendable

En definitiva, en reclamador.es aconsejamos a todos los herederos que inscriban esa vivienda o terreno en el Registro de la Propiedad una vez dispongan de la escritura de partición de la herencia donde se demuestra que la propiedad de ese bien es de esa nueva persona o personas -pues es posible que se herede un bien en copropiedad entre varios hermanos o cualquier otro heredero-. 

Te interesa: heredar vivienda hipoteca. Opciones de los herederos

En reclamador.es somos conscientes de que gestionar y tramitar una herencia supone recopilar numerosa documentación y dar una serie de pasos que, si no están realizados por expertos como nuestros abogados y abogadas, puede suponer un proceso tedioso y que, por ello, muchos herederos deciden, una vez realizados todos los trámites, no dar un último paso e inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad. Pero cuando toda la herencia se pone en manos de abogados expertos, como los de reclamador.es, los quebraderos de cabeza acaban para los herederos y darán siempre los pasos más adecuados para sus intereses presentes y futuros, entre ellos, registrar la vivienda a su nombre una vez realizada la escritura de partición de la herencia. 

¿Por qué inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad? 

El principal motivo que debe llevar a cualquier heredero a inscribir ese inmueble en el Registro de la Propiedad es la seguridad jurídica que otorga este acto. ¿Por qué registrar vivienda heredada? 

  • Si el heredero necesitara hipotecar en un futuro la vivienda, cualquier banco le pedirá la acreditación que determine que ese inmueble está inscrito a su nombre. 
  • Pese a que para vender esa vivienda no sería obligatorio que estuviera inscrito en el Registro de la Propiedad, dificulta la acreditación de esa propiedad.
  • Igualmente, en un futuro, evitará problemas y facilitará la gestión de sus futuros herederos. 

En definitiva, inscribir un inmueble en el Registro de la Propiedad acredita la propiedad de ese bien en nombre de una o varias personas, lo que agilizará cualquier trámite que se quiera realizar sobre esa vivienda.

Pon la gestión de una herencia en manos de los abogados de reclamador.es

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7 febrero, 2021

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Comentarios

  1. Isabel Gil Verona dice

    11 febrero, 2021 en 12:20

    Buenos dias, somos dos herederos de una casa de una herencia de hace 50 años ya estamos con el Notario para la aceptacion de herencia, nos dice el Notario que podrian haber problemas porque el registrador puede pedir la conformidad de los demas herederos, en el testamento esta especificado lo que hereda cada heredero.
    Ya tenemos comprador. Cuando este firmada la aceptacion, queriamos saber si es obligatorio tenerla registrada, (ya que el comprador conoce las condiciones en las que se encuentra la casa), y que el la registre sin problemas.
    Pienso que me he explicado con algo de claridad, me gustaria que me contestasen si no hay problema para ustedes.
    Quedo a la espera de su respuesta, muchas gracias.
    Isabel Gil.

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      24 febrero, 2021 en 7:26

      Hola Isabel,

      Para que podamos darte una respuesta personalizada lo mejor es que nos contactes ya que tu consulta requiere de una consulta con un abogado.

      ¡Te esperamos!

      Responder
  2. Araceli dice

    11 abril, 2021 en 8:58

    Buenas tardes. Mi madre es hija unica y al fallecer sus padres tiene que pasar la casa familiar y un terreno a su nombre . La casa esta sin escritura , teniendo las ultimas voluntades y el pago de la contribucion al ser unica heredera se podrian registrar en el registro de la propiedad a su nombre . Gracias

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      19 mayo, 2021 en 1:46

      Hola Araceli,

      Para que podamos darte una respuesta personalizada lo mejor es que nos contactes ya que tu consulta requiere de una consulta. Ahora mismo tenemos disponible un nuevo servicio de videoconsulta online que consiste en que un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión en concreto.

      ¡Te esperamos!

      Responder
  3. Rafael Lahera dice

    6 julio, 2021 en 12:20

    Cinco hermanos heredan varios solares urbanos en proindiviso. Se reparte y adjudica la herencia y cuando llega la hora de inscribir los terrenos en el Registro de la Propiedad uno de los hermanos se niega y no hay posibilidad de convencerle porque no es obligatorio. Pueden los otros 4 inscribir o no será eficaz si no inscribe todos?

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      13 julio, 2021 en 9:16

      Hola Rafael,

      Para que podamos darte una respuesta personalizada lo mejor es que nos contactes ya que tu comentario requiere de una consulta. Ahora mismo tenemos disponible un nuevo servicio de videoconsulta online que consiste en que un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión en concreto.

      ¡Te esperamos!

      Responder
  4. Pilar dice

    28 octubre, 2021 en 11:36

    Buenas ,mi pregunta es la siguiente
    Mi madre falleció y heredamos el piso mi hermano y yo,lo escrituramos a nuestro nombre y pagamos todos los impuestos
    Ahora me quiero yo quedar con el piso,y pagar a mi hermano su parte
    Después lo pudo escriturar con mi marido ?o al ser una herencia no podría hacerlo?
    Espero su repuesta gracias

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      29 octubre, 2021 en 8:55

      Hola Pilar,

      Para que podamos resolver tu consulta, lo mejor es que nos contactes a través de nuestro servicio de videoconsulta. En él, un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión.

      Un saludo.

      Responder
  5. Concepción Gonzalez dice

    13 febrero, 2022 en 3:37

    Mi padre falleció hace 6 años y no dejó testamento. La casa en donde vivía estaba registrada a nombre de mis abuelos. Ahora me entero que en las escrituras está mi padre y mi abuela. Puedo reclamar mi parte? Puedo aceptar esa herencia después de 6 años?? Si lo hago me pueden penalizar por no haberlo hecho a los 6 meses de morir, ya que yo no lo sabía y nadie me dijo nada?

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      14 febrero, 2022 en 8:46

      Hola Concepción,

      Contacta con nosotros a través de nuestro servicio de videoconsulta para que podamos dar respuesta a tu consulta. En él, un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión.

      Un saludo.

      Responder
  6. Aniano dice

    6 agosto, 2022 en 10:30

    Esta pregunta es para examen. Mi abuela falleció, la casa donde vivía siempre estuvo a su nombre, factiras, ibi, etc.. Pero hay un testamento de hace 50 años que se la dejaba a mi tío. Incluso 6 años después de fallecer mi abuela sigue a su nombre. Mi abuela dejo todo a nombre de mi madre ya que mi tío la echo y mi madre la cuido. Mi pregunta es? Tiene algún derecho mi madre sobre esa casa?

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      8 agosto, 2022 en 9:55

      Hola.

      Sin estudiar detenidamente la documentación de este caso nos es imposible darte una respuesta.

      Para que podamos resolver tu consulta, lo mejor es que nos contactes a través de nuestro servicio de videoconsulta. En él, un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión.

      Un saludo.

      Responder
  7. Asun dice

    31 enero, 2023 en 6:44

    Cómo puedo obligar a mi deudor a que inscriba en el registro de la propiedad los bienes que forman parte de una herencia ya aceptada por el? Es decir, no puedo cobrar porq a pesar de haber aceptado la herencia no inscribir los bienes inmuebles en el registro evitando así ser solvente. Qué acción podría promover? Gracias

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      3 febrero, 2023 en 1:16

      Hola Asun,

      Para que podamos darte una respuesta personalizada lo mejor es que nos contactes ya que tu comentario requiere de una consulta. A través de nuestro servicio de videoconsulta online, un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión en concreto.

      Un saludo.

      Responder
  8. Antonio dice

    18 marzo, 2024 en 12:32

    Hola qué tal .quería saber hasta cuánto se puede estar sin registrar la vivienda,el año pasado falleció un hermano i los herederos somos 4 con los mismo porcentaje i tenemos que cojer un 5 por ciento cada uno del fallecido.la casa es de nuestra propiedad y esta a. Nuestro nombre i el fallecido vivía también ay.saber si no volvemos registrar si perdemos el porcentaje.

    Responder
  9. Antonio dice

    18 marzo, 2024 en 12:37

    Tiene un límite de tiempo para que caduque?sino hacemos este nuevo registros igual sigue a nuestro nombre la vivienda ?

    Responder
  10. ANTONIO dice

    15 abril, 2025 en 6:57

    Al morir mis padres, ambos le dejaron a mi hermano la parte legitima y a mi el resto, mi hermano no conforme, se dedica a obstruir (6 meses) la liquidación de la herencia, de tal manera que acudo al notario y le solicito que actué para tal fin, se acudió abogado partidor para la partición de la herencia ( la vivienda para mi y para la otra parte lo existente en cuenta de nuestros padres mas una demasía de 2000 €) y refrendado por notario en escritura publica, se le comunica a mi hermano la partición y se le insta acuda al despacho del notario a recibir la cantidad demasía, haciendo caso omiso, no recoge los burofax y todo ello, para entorpecer la liquidación, al final contestó al notario por correo electrónico, no estar de acuerdo con la partición y pasados unos días, recibo burofax de su abogado instándome a repartir en partes iguales y si no habría que ir al juzgado. La cuestión es que el Registrador no quiere registrar la vivienda, porque antes debe de recibir la otra parte los 2000 €, pero si no quiere recibirlos?. Posdata: La vivienda esta a mi nombre en Registro catastral. Estoy pagando IBI y todos los recibos de los servicios de la vivienda durante 2 años y este será el tercero. He ganado en primera instancia y en Apelación, la demanda que interpuso mi hermano alegando que mis padres no estaban en sus cabales o facultades mentales para hacer testamento con el objeto de invalidar ambos testamentos.

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      16 abril, 2025 en 10:38

      Hola, Antonio.
      Sentimos la situación por la que estás pasando, pero sintiéndolo mucho, en reclamador.es no podemos ayudarte.
      Gracias por leer nuestro blog.

      Responder

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