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Las personas que hacen posible reclamador.es

19 noviembre, 2023

Impuestos que se pagan al donar o recibir una donación

3.8/5 - (24 votos)
los impuestos que se pagan en una donación reclamador
Donar o recibir una donación: Impuesto de sucesiones y donaciones, IRPF y plusvalía municipal

*Contenido modificado en abril 2025

Recibir una donación puede ser un regalo con una pequeña trampa. Un caramelo envenenado según la comunidad autónoma donde nos encontremos. Hablamos de trampa porque una donación no sale gratis, ni para quien hace la donación ni para quien la recibe. Cantidades nada desdeñables según a quién se transmita, qué done y dónde lo haga.

¿Quién es el donatario? ¿Quién es el donante?

Antes de seguir explicando por qué no sale gratis una donación o qué impuestos se pagan tanto al recibir como al donar, vamos a aclarar dos términos que usaremos recurrentemente y pueden dar lugar a confusión: Donatario y donante.

¿Quién es el donatario? El donatario es quien recibe el dinero o el bien. Debe pagar el impuesto de sucesiones y donaciones y, además, si se tratara de la donación de un inmueble urbano (vivienda, local comercial, garaje,…), se debe abonar el impuesto de plusvalía municipal.

El donante es quien transfiere. Deberá declarar esta operación en el IRPF si ha obtenido una ganancia patrimonial.

Guía del impuesto de sucesiones y donaciones por comunidades autónomas

Impuestos que se pagan al donar una vivienda o dinero

A continuación, señalamos los impuestos que debe pagar aquella persona que dona una vivienda. También explicaremos qué ocurre en los casos en los que la donación sea económica.

IRPF y donaciones

Sí, el donante debe tributar en el IRPF si se ha producido una ganancia patrimonial. Dicha situación se produce si el valor de transmisión es superior al valor de adquisición del bien. Existe una excepción, cuando el transmitente es mayor de 65 años y ese inmueble es su vivienda habitual. En este caso, no deberá tributar por la ganancia en el IRPF.

¿Cómo tributan las donaciones de dinero en el IRPF?

Esta situación es válida si nos encontramos ante una donación de vivienda o bienes. Si la donación es exclusivamente de dinero efectivo, el donante no tendrá que declarar en el IRPF esta transmisión, dado que no ha supuesto variación en su situación patrimonial ni ha obtenido con la operación ninguna ganancia.

Es decir, si donas dinero no tendrás que declararlo en la próxima declaración de la renta.

Recibir una donación: impuestos a pagar

A continuación vamos a desgranar qué impuestos debe pagar aquella persona que vaya a recibir una donación. Hablaremos del impuesto de sucesiones y donaciones y del impuesto de plusvalía municipal.

Impuesto de sucesiones y donaciones en su modalidad de donaciones

Como hemos señalado, la cantidad a abonar por el impuesto de sucesiones y donaciones depende de la comunidad autónoma donde se encuentre el bien transmitido (una vivienda, por ejemplo) o la residencia habitual del donatario. Se trata de un impuesto transferido a las comunidades autónomas y, por tanto, nos encontramos enormes diferencias entre unas autonomías y otras. Pese a esto, lo más normal es que entre familiares directos, las comunidades autónomas establezcan bonificaciones para este tributo.

El plazo para abonar el impuesto en la Delegación de Hacienda de la comunidad es de 30 días . Empieza a contar desde que se realiza la escritura ante notario.

Recibir una donación: ¿Quién paga la plusvalía en una donación?

La persona que recibe el bien inmueble es quien paga la plusvalía en una donación. Algo con lo que muchos contribuyentes no cuentan es que al recibir una donación de una vivienda se debe abonar el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (plusvalía municipal).

Recordemos que el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional el abono de este tributo cuando se pueda acreditar la transmisión un inmueble con pérdidas, a pesar de que el valor catastral de la vivienda hubiera crecido. En estos casos, lo que se conoce como la plusvalía municipal con pérdidas, el contribuyente puede recuperar el 100% de lo pagado por el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

Otra sentencia del Tribunal Constitucional, de octubre de 2021, declaró nulos varios artículos de la Ley de Haciendas Locales que hacen referencia al método de cálculo del impuesto de plusvalía, pero cambiaron los criterios para poder reclamar el impuesto de plusvalía municipal.

Si quieres conocer si tienes derecho a reclamar la plusvalía municipal, en reclamador.es te ayudamos a averiguarlo y, si decides reclamar con nosotros, nos encargaremos de todo el proceso de reclamación al ayuntamiento, hasta conseguir recuperar lo que pagaste indebidamente por la plusvalía municipal.

En una compraventa de vivienda quien paga este impuesto es el vendedor. Si es una donación, el sujeto es el donatario.

Te ayudamos a reclamar la plusvalía municipal

Si tu caso está entre uno de los dos supuestos que acabamos de mencionar, ponte en manos de abogados expertos en plusvalía municipal para recuperar tu dinero.

Recibe asesoramiento jurídico personalizado de la mano de reclamador.es. Si tienes dudas sobre si tu reclamación es viable, consúltanos, estudiaremos tu caso y te diremos si tu reclamación de plusvalía municipal es viable.

¿Quieres recuperar lo que pagaste de más por la plusvalía municipal?

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19 noviembre, 2023

Consejos legales plusvalía municipal

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Comentarios

  1. María Begoña dice

    21 noviembre, 2023 en 11:12

    bueno días a mi una persona quiere donarme 40000 euros pero su abogado me dise que tengo que paga 245 euros eso es verdad o falso porque yo ese dinero que dise que tengo que paga no tengo yo eso los veo mal cuando una persona que quiere dona una cantidad de dinero y que yo tenga que paga algo gracias espero respuesta

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      22 noviembre, 2023 en 11:28

      Hola María Begoña,

      Tendrás que consultar a tu abogado el por qué de esa suma. No obstante, cuando haces una donación, tal y como explicamos en nuestro post, debes pagar el impuesto de sucesiones y donaciones.

      Un saludo.

      Responder
    • Rubilia dice

      7 febrero, 2024 en 2:22

      Hola María y de dónde es a mi me pasa lo mismo q a usted estamos en al misma situación mmmm q raro

      Responder
  2. Jose luis dice

    15 diciembre, 2023 en 10:28

    Buenas….si recibo en donacion 4 has de labor secano en albacete….el donante que no es mi familiar debe declararlo?
    No le voy a pagar nada.
    Y yo cuanto pagaria de impuestos?

    Responder
  3. Isabel dice

    29 diciembre, 2023 en 11:13

    Hola amy me quieren aser una donasion una señora de paris francia.y llo soy de jalisco mexico.me dicen que lla isieron la transferensia ami nonbre pero llo no tengo cuenta en ningun banco.y me disen sus abogados que me daran unos resivos segun para que llo cobre en cualquier banco.pero ne cobran seismil pesos.segun por los resivos.y llo no se si pagar ono pagar ono estoy seguro.si devo pagar ono.

    Responder
  4. Sandra dice

    7 enero, 2024 en 7:05

    Hola muy buenas, quisiera saber, voy a rebir una donación de más 200.000€, desde Francia, e pagado escrituras, ejecución de transferencia, decoración de fondos y debo pagar 1,058€ de fiscalia?? Una vez pagué fiscalía, emiten la transferencia a mi banco? Gracias de antemano

    Responder
  5. Elena dice

    26 enero, 2024 en 5:29

    Hola buenas tardes,un amigo me quiere comprar un piso,dármelo en donación por el mismo precio que le costó…
    De esta manera se está exento de tributos ? Y solo pagar la plus valía al municipio y notario por cambio de nombre?
    Gracias

    Responder
  6. Rubilia dice

    7 febrero, 2024 en 2:08

    Yo tambien esty pasando por esa misma situación me ofrecieron en donación 450.000 euros de una herencia mandé todos mis datos y q tengo yo q pagar 300 euros por favor necesito que me respondan esa donación es de París

    Responder
  7. Rosa Mingrino dice

    20 febrero, 2024 en 2:07

    Yo también recibí la propuesta de una donación de 200000 Euros debo pagar a tes 150 Euros. No se si es verdad la donante es croata tengo su perfil me habla por mensseger y su abogado es francés me habla por Whatsap. Me mostraron un certificado de donación a mi nombre con el nombre de la donante y la firma del abogado.¿ Es real esto ? Gracias

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      21 febrero, 2024 en 9:45

      Hola, Rosa.
      Con estos datos, no podemos saber si es real o no.
      Saludos

      Responder
  8. Juan dice

    12 abril, 2024 en 3:15

    Me quieren donar una vivienda que su valor aproximado es 500.000€
    Soy ajena a ningún parentesco con el donante. Que impuesto hay que pagar y quien debe hacer frente a los mismos. Gracias

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      15 abril, 2024 en 10:35

      Hola.
      Si eres tú quien recibe la donación:
      Impuesto de sucesiones y donaciones en su modalidad de donaciones. la cantidad a abonar por el impuesto de sucesiones y donaciones depende de la comunidad autónoma donde se encuentre el bien transmitido (una vivienda) o la residencia habitual del donatario.
      Además, el impuesto de plusvalía municipal.
      Gracias por leer nuestro blog.

      Responder
  9. valentin dice

    9 mayo, 2024 en 10:38

    Hola, En su día heredé el 6.25% de la vivienda de mis padres, ahora he heredado otro 6.25 por parte de mi madre y he donado a mi hijo el 12.50% de la vivienda a la hora de declarar hacienda tengo que separar las partes de la herencia o se pueden declarar las dos juntas por el 12.50%

    Un saludo

    Responder
  10. ALEXANDRA dice

    31 mayo, 2024 en 9:15

    BUEBNAS TARDES DISCULPE MIS PADRES NOS DONAN SU CASA A MI Y MIS HERMANOS SOMO 3 DEBEMOS PAGAR EL IMPUESTO DE PLUSVALIA EN EL MUNICIPIO O NO ?

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      3 junio, 2024 en 11:25

      Buenos días.
      Al recibir una donación hay que pagar el impuesto de donaciones y, si se trata de una vivienda, la plusvalía municipal.
      Gracias por leer nuestro blog.

      Responder
  11. Eva dice

    17 junio, 2024 en 8:40

    Buenas, en mi caso tengo que hacer la adjudicación de herencia para vender el piso en el que vivían mis padres. Mi padre falleció y mi madre se ha mudado. Somos 3 herederos y mi madre. Si nosotros le donamos nuestra parte para que ella se compre otra vivienda, tenemos que pagar ese impuesto? Ella tiene más de 65 años? Lo tendría que pagar ella o está exenta? Gracias de antemano. Un saludo!

    Responder
  12. Luciano dice

    25 junio, 2024 en 8:13

    Hola buen dia estoy en una situación donde según me van a dar una donación de 300,000 euros pero no se nada de lo q se debe hacer o q se debe pagar según el abogado dice q tengo q pagar 2000 pesos para hacer el papeleo necesito q ne digan q ocupo hacer para yo saber si es fraude o no aunque veo q no es mucho lo q me piden y eso me tiene en expectativas ha ávido otros q también me estaban haciendo otras donaciones pero les dije q no tenia dinero para pagar los tramites y se desaparecieron ustedes q me pueden decir serán fraudes o es real esto porq la verdad si necesito mucha ayuda monetaria pues no puedo trabajar como quiciera por una limitación en mi cintura gracias por su atención

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      26 junio, 2024 en 12:56

      Hola.
      Actualmente, no contamos con este tipo de servicios legales y no podemos ayudarte.
      Gracias por leer el blog de reclamador.es.

      Responder
  13. Ana Gallego dice

    2 agosto, 2024 en 6:55

    Hola,
    Mi padre quiere donarme 10000 euros. Entiendo que yo tendría que liquidar el impuesto de donaciones en Madrid, que es donde resido. Mi pregunta es: ¿Es necesario formalizar la donación ante notario para que se me apliquen las bonificaciones, o valdría con redactar un documento privado que refleje la voluntad de donar por parte de mi padre y la de recibirlo por la mía?

    Muchas gracias y un saludo.

    Responder
  14. Margarita dice

    22 febrero, 2025 en 6:43

    Hola si nos ceden unos solares por unos primos que nos costaría al cedernos a nosotros

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      25 febrero, 2025 en 9:25

      Hola, Margarita.
      Necesitaríamos información más precisa para poder evaluar tu caso.
      Te recomendamos consultar con un asesorar legal para que resuelva todas tus dudas.
      Gracias por leer el blog de reclamador.es.

      Responder
  15. manuel rodriguez dice

    25 febrero, 2025 en 7:36

    viviendo en andalucia mi mujer va a recibir como donacion de su madre su casa habitual estando aun en vida, ella tiene una hermana que no quiere nada pues tiene otra casa para ella, la casa que recibe mi mujer viene desde sus abuelos y ya e pagado la plusvalia, mi abogado me dice que hay muchos mas gastos pero no me termina de informar de cuantos y cuales, alguien podria orientarme pues no veo claridad en el asunto

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      26 febrero, 2025 en 12:09

      Hola, Manuel.
      Si con la información del artículo todavía te quedan dudas, aquí te dejamos más información: https://www.reclamador.es/blog/donar-o-heredar-que-conviene/
      Gracias por leer nuestro blog.

      Responder

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