• Ir a navegación principal
  • Ir al contenido principal
  • Ir al pie de página

Rebeldes con causa, el blog de reclamador.es

Noticias, entrevistas y consejos sobre reclamaciones

reclamador.es ¡reclama desde tu casa!
  • Consejos
  • Noticias
  • Reclamadores
  • ¿Te ayudamos?
    • Ley Segunda Oportunidad
    • Hipotecas IRPH
    • Reclamar gastos de hipoteca
    • Reclamar Tarjeta Revolving
    • Cancelación Vuelo
    • Plusvalía Municipal

Cancelamos todas tus deudas

Te ayudamos a acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad

Empieza ahora

Equipo reclamador

Las personas que hacen posible reclamador.es

25 marzo, 2025

¿Puedes perder tu coche si te acoges a la Ley de Segunda Oportunidad para cancelar las deudas?

5/5 - (1 voto)
Embargo de coche con la ley de segunda oportunidad ¿me quitan el vehículo?
Ley de Segunda Oportunidad: ¿Embargan el coche?

Al decidir si dar el paso o no de acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad para cancelar deudas, surgen infinidad de dudas y miedos. Uno de ellos es qué pasa con la vivienda habitual con la LSO, pregunta a la que ya dimos respuesta hace unas semanas en este blog. Y otra de las cuestiones que más nos preguntáis y buscáis información es si con la Ley de Segunda Oportunidad te pueden embargar el coche. Y este es el tema que vamos a tratar en este artículo. A continuación te explicamos si puedes perder tu coche si te acoges a la Ley de Segunda Oportunidad para cancelar tus deudas. 

Ley de Segunda oportunidad: El coche

¿Me quitan el coche con la Ley de Segunda Oportunidad? ¿Me embargan el vehículo si me acojo a esta ley? Estas preguntas son de las más repetidas a nuestros expertos a la hora de iniciar un procedimiento de LSO, pues casa y coche son dos de los bienes más preciados y más necesarios para poder salir adelante. 

Por ello, a la pregunta de si puedes perder tu coche si te acoges a la Ley de Segunda Oportunidad, la respuesta es que no necesariamente perderás tu vehículo al cancelar deudas con este mecanismo legal. ¿Por qué? Porque al acogerte a la LSO, puedes conseguir la exoneración del pasivo insatisfecho de dos formas:

  1. Mediante la liquidación de la masa activa. En otras palabras, cancelando tus deudas con tu patrimonio. 
  2. Mediante un plan de pagos. Con esta forma, por un lado cancelarás parte de tus deudas y para el resto se establecerá un plan de pagos. 

Si optas por la primera forma, sí podrías perder tu coche o tu vivienda, salvo excepciones, pero con el plan de pagos, conservarás tu vehículo y tu vivienda habitual acogiéndote a la Ley de Segunda Oportunidad.

¿En qué casos puedes conservar tu vehículo incluso optando por la liquidación de la masa activa?

Como decíamos, hay excepciones en las que, incluso, optando por cancelar tus deudas con tu patrimonio, podrías no perder el vehículo:

  • Si el valor del coche es muy bajo (inferior a 2.000 €) por ser muy antiguo (antigüedad del vehículo superior a 10 años).
  • Existen deudas con la entidad financiera del vehículo. 
  • Si el coche, furgoneta o camión es para uso profesional. 

Entonces, ¿con la Ley de Segunda Oportunidad te pueden embargar el coche?

Si te acoges la Ley de Segunda Oportunidad estableciendo un plan de pagos o si, optando a la liquidación de la masa activa, tu caso está dentro de uno de los tres supuestos citados en el punto anterior, no te embargan el coche pese a realizar un proceso de exoneración de deudas con la LSO. 

Te interesa: Documentación para Ley de Segunda Oportunidad

¿Cómo iniciar un proceso de Segunda Oportunidad?

Lo mejor es que completes nuestro formulario de Ley de Segunda Oportunidad. Estudiamos gratis tu caso y analizamos si puedes acogerte a este mecanismo legal para comenzar de nuevo, financieramente hablando. 

Si tienes deudas y no sabes qué hacer, consúltanos tu caso y te guiaremos. Queremos ayudarte a conseguir una segunda oportunidad en tus finanzas.

  • Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva) Facebook
  • Haz clic para compartir en X (Se abre en una ventana nueva) X
  • Haz clic para compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva) LinkedIn
  • Haz clic para compartir en WhatsApp (Se abre en una ventana nueva) WhatsApp

Equipo reclamador

Las personas que hacen posible reclamador.es

25 marzo, 2025

Consejos legales segunda oportunidad

Relacionado

Interacciones con los lectores

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Footer

¿Quieres recibir noticias y novedades legales?

Regístrate en reclamador.es

  • Reclama
    • Reclamaciones a Vueling
    • Reclamaciones a Ryanair
    • Reclamaciones a Iberia
    • Aeropuertos conflictivos
    • Tarjeta revolving Cetelem
    • Tarjeta revolving Media Markt
    • Tarjeta revolving Wizink
  • Conócenos
    • Reclamador.es
    • Comunicación
    • Opiniones de clientes
    • Equipo
  • Información
    • Ayuda
    • Condiciones generales
    • Contacta
    • Tus derechos
    • Facebook
    • Twitter
    • instagram
    • linkedin
    • youtube
    • tiktok
    Política de cookies
    Política de privacidad
    Copyright © reclamador 2012-2025