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19 marzo, 2019

Ampliación del permiso de paternidad: 8 semanas a partir de abril y 16 en 2021

4.5 / 5 ( 11 votos )
duracion permiso paternidad reclamador
Ampliación del permiso de paternidad a 8 semanas en abril de 2019

Este año se celebra el último Día del Padre con un permiso de paternidad de 5 semanas. Este 1 de abril traerá importantes novedades respecto a este permiso. Si hasta ahora el padre contaba con 5 semanas por permiso de paternidad, ahora, desde el 1 de abril de este año se ampliará este periodo hasta las 8 semanas. Y en 2021 tendrán derecho a 16 semanas de baja por paternidad. Idéntico periodo que tienen ahora las madres por permiso de maternidad.

Duración permiso paternidad: ampliación gradual

La ampliación de este permiso por nacimiento, adopción o acogimiento de un hijo se hará, por tanto, gradualmente hasta llegar a las 16 semanas en el año 2021. El Real Decreto recientemente aprobado, recoge en su articulado que esta ampliación estará en vigor desde el 1 de abril de 2019 y que durante lo que resta de año la baja por paternidad será de 8 semanas. Al año siguiente, es decir, en 2020, el permiso de paternidad pasará a ser de 12 semanas y ya en 2021 se igualarán los permisos de maternidad y paternidad.

Novedades agosto 2019: Las familias monoparentales dispondrán de 18 semanas de permiso retribuido por parte de la Seguridad Social en caso de nacimiento, adopción o acogimiento múltiple. En reclamador.es entendemos que se rectificará el siguiente artículo de la normativa vigente para que esta ampliación tenga efecto: "En el supuesto de discapacidad del hijo o hija en el nacimiento, adopción, en situación de guarda con fines de adopción o de acogimiento, la suspensión del contrato a que se refieren los apartados 4 y 5 tendrá una duración adicional de dos semanas, una para cada uno de los progenitores. Igual ampliación procederá en el supuesto de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiple por cada hijo o hija distinta del primero".

Periodo voluntario y obligatorio del permiso de paternidad en 2019, 2020 y 2021

Hasta la entrada en vigor de la nueva normativa, esto es, hasta el 31 de marzo de 2019, los padres tienen derecho a disfrutar de un permiso de paternidad de 5 semanas de duración.

Desde abril, los padres contarán con un periodo de suspensión total de 8 semanas, de las cuales las 2 primeras, deberá disfrutarlas de forma ininterrumpida inmediatamente tras el parto.

A partir de 1 de enero de 2020, el otro progenitor contará con un periodo de suspensión total de 12 semanas, de las cuales las 4 primeras deberá disfrutarlas de forma ininterrumpida inmediatamente tras el parto.

Finalmente, desde el 1 de enero de 2021, cada progenitor disfrutará de igual período de suspensión del contrato de trabajo de 16 semanas, de las cuales 6 semanas de permiso serán obligatorias para cada uno de ellos.

En resumen, el periodo obligatorio del permiso de paternidad por nacimiento pasará a ser  de 2 semanas obligatorias tras el nacimiento desde el 1 de abril de 2019 y de 4 semanas obligatorias en 2020 tras el nacimiento. Siendo a partir del 2021 el periodo obligatorio de 6 semanas.

El permiso de paternidad desde 1 de abril 2019

Periodo de suspensión total de 8 semanas. 2 semanas obligatorias tras el nacimiento del hijo.

Permiso de paternidad 2020

Periodo de suspensión total de 12 semanas. Corresponderán 4 semanas obligatorias de permiso de paternidad en el año 2020.

Permiso de paternidad 2021

Periodo de suspensión total de 16 semanas. En el año 2021, el periodo obligatorio del permiso de paternidad será de 6 semanas.

7 permisos para conciliar vida familiar y laboral

La prestación por paternidad no tributa en el IRPF

Al igual que la prestación por maternidad, la prestación por paternidad no tributa en el IRPF y se puede reclamar. Eso sí, únicamente podrán reclamar los padres que tuvieron un hijo por nacimiento, adopción o acogimiento a partir del año 2014.

Para ello, si has percibido la prestación por maternidad o paternidad desde entonces, podrás solicitar la rectificación del IRPF de los años 2014, 2015, 2016 y 2017. Para asegurarte que recibes la devolución que te corresponde, ponte en manos de abogados expertos en Derecho Fiscal como los de reclamador.es.

¿Qué pasa con la prestación por paternidad recibida en 2018?

Esta rectificación de la Declaración de la Renta para solicitar la devolución de los importes indebidamente ingresados al incluir en el IRPF como rendimiento de trabajo las prestaciones percibidas de la Seguridad Social durante la baja por paternidad no es tan sencillo como pudiera parecer. Al menos, si quieres recuperar la cantidad que verdaderamente te corresponde.

Para calcular cuánto te tiene que devolver Hacienda por la prestación de paternidad es fundamental un análisis pormenorizado de un abogado fiscalista. Hay que tener en cuenta que nos enfrentamos a un impuesto que varía por tramos. en otras palabras, al incluir la prestación por paternidad se pudo superar uno de esos tramos y, por tanto, abonar más por este tributo.

Además de los tramos, se debe estudiar si te practicaste una deducción menor de la correspondiente al incluir en tu IRPF la prestación por paternidad.

Para recibir el mejor asesoramiento fiscal y conseguir la devolución de las cantidades que te corresponde por la prestación de paternidad, consúltanos. Te acompañaremos en todo el proceso hasta que consigas tu dinero.

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19 marzo, 2019

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Comentarios

  1. Luis dice

    30 octubre, 2019 en 11:58

    Hola, me he acogido a las 8 semanas de paternidad, s e me acabaron. Luego mi pareja me ha dado 4 semanas de sus 16 semanas de maternidad, el problema es que esas 4 semanas donadas por la madre NO LAS HE COBRADO.
    Tengo derecho a cobrarlas???
    Un saludo.

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      31 octubre, 2019 en 10:23

      Hola Luis,

      En este caso caada progenitor percibirá la prestación en la cuantía que les corresponda según sus bases de cotización.

      Gracias por leer nuestro blog.

      Responder
  2. Jorge dice

    8 junio, 2020 en 10:14

    Buenas!! Me gustaría saber si alguien conoce el tiempo de paternidad que le pertenece a un operario de la construcción? Gracias

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      8 junio, 2020 en 3:52

      Hola.
      Periodo de suspensión total de 12 semanas. Corresponderán 4 semanas obligatorias de permiso de paternidad en el año 2020. Habría que estudiar el convenio de aplicación para saber si este tiempo se amplia, pero nunca podría ser menor.
      Saludos

      Responder
  3. Anónimo dice

    10 junio, 2020 en 2:53

    Hola, que día se cobra la paternidad, la solicite el 11 de mayo y mi hija nació el 12 me gustaría saber si se cobra el día 10 de cada mes o cuál gracias

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      10 junio, 2020 en 4:51

      Hola.

      Es posible que, dada la actual situación, se estén produciendo algunos retrasos en el pago.

      Gracias y enhorabuena por tu paternidad.

      Responder
  4. Victor dice

    25 junio, 2020 en 5:22

    Hola. Mi hijo nació en diciembre de 2019 y ya disfrute de los 15 días de permiso oblogatorios. Pero… Hasta cuando puedo cogerme el mes y medio que todavía me corresponde?? Hay límite??
    Gracias. Un saludo

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      29 junio, 2020 en 3:56

      Hola.

      Por el momento no ofrecemos este servicio. En cuanto esté disponible de nuevo, lo comunicaremos a través de nuestros canales

      Responder
  5. Adrián dice

    29 junio, 2020 en 3:24

    Si mi hijo nació el día 7 de julio 2019, cual sería el último dia que entra en mi derecho para coger el paternal, el dia 6 de julio 2020 o el dia 7 de julio 2020. Gracias!!!

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      29 junio, 2020 en 4:28

      Hola, Adrián.

      Te recomendamos que lo comentes directamente con tu empresa para que sean ellos quienes te informen del día que te debes reincorporar a tu puesto.

      Gracias por leer el blog de reclamador.es

      Responder
  6. Cristian dice

    9 julio, 2020 en 11:49

    Una pregunta, el permiso de paternidad, se podría dividir en 3periodos?
    Por ejemplo:
    – 4 semanas al nacimiento (obligatorias)
    -4 semanas a los 2 meses de vida
    -y otras 4 semanas a los 10 meses de vida

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      13 julio, 2020 en 11:16

      Hola Cristian,

      Tienes que cogerte las 4 semanas obligatorias al nacimiento del bebé y las ocho semanas restantes se pueden disfrutar de forma consecutiva a las cuatro primeras, o en cualquier momento durante el primer año de vida del bebé.

      Gracias por leer nuestro blog.

      Responder
  7. Cgra dice

    9 julio, 2020 en 11:51

    Una pregunta, el permiso de paternidad, se podría dividir en 3periodos?
    Por ejemplo: 4 semanas al nacimiento (obligatorias)
    4 semanas a los 2 meses de vida y otras 4 semanas a los 10 meses de vida

    Responder
  8. J dice

    3 agosto, 2020 en 11:27

    El 10 de julio pedi la paternidad i salio favoravle cuando lo cobro.

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      3 agosto, 2020 en 4:00

      Hola J,

      En principio, el cobro del permiso de paternidad se hará efectivo en la segunda semana del mes siguiente a la admisión de este derecho.

      Gracias por leer nuestro blog.

      Responder
  9. Edd dice

    14 septiembre, 2020 en 11:37

    En 2021 las 6 primeras semanas son obligatorias al nacimiento vale, las 10 restantes se puede trabajar a media jornada y transformarlas en 20?

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      14 septiembre, 2020 en 11:58

      Hola Edd,

      Tienes que cogerte las 6 semanas obligatorias al nacimiento del bebé y las 10 semanas restantes se pueden disfrutar de forma consecutiva a las cuatro primeras, o en cualquier momento durante el primer año de vida del bebé.

      Tendrás que consultar con tu empresa si te permiten disfrutarlas por horas.

      Gracias por leer nuestro blog.

      Responder
  10. Iván dice

    25 septiembre, 2020 en 7:17

    Buenos días:

    Espero próxima paternidad para el 2021. Mi duda es si el padre puede ceder algo de su permiso de paternidad a la madre, para poder alargar el permiso de maternidad.

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      28 septiembre, 2020 en 10:09

      Hola Iván,

      A partir del 1 de enero de 2021 ambos progenitores disfrutaran de las 16 semanas de persmiso, sin que se pueda hacer cesión de uno a otro progenitor.

      Lo que si podréis hacer es cogerte las 6 semanas obligatorias y una vez acabe el permiso de maternidad de tu pareja, coger las otras 10 semanas.

      Gracias por leer nuestro blog.

      Responder
  11. Jaume Trenzano carpi dice

    28 septiembre, 2020 en 6:27

    Hola soy Jaume el 2021 nacerá mi hijo o hija 16 setmanas son si mi mujer no trabaja a mi me tocaría menos setmanas o no tiene nada que ver que mi mujer no trabaje eso bo me afecta por favor conteste

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      29 septiembre, 2020 en 9:00

      Hola Jaume,

      Es independiente a que tu mujer trabaje o no, te corresponden 16 semanas.

      Gracias por leer nuestro blog.

      Responder
  12. Jaume Trenzano carpi dice

    28 septiembre, 2020 en 6:40

    Voy a ser padre en el 2021 mi mujer no trabaja eso me perjudica en algo en mi paternidad en las setmanas que me tocan

    Responder
  13. Anónimo dice

    7 noviembre, 2020 en 11:47

    Buenas noches
    estoy embarazada y segun me dijeron la fecha provable del parto es en abril de 2021 y mi pregunta es…. en el momento que cumpla los 9 meses de embarazo mi marido ya podria pedir la baja por paternidad o tendria que solicitarla justo cuando nazca el bebe?lo digo porque del primer embarazo se me retrasó una semana

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      10 noviembre, 2020 en 9:44

      Hola,

      La baja de paternidad empezará a contar desde que el momento en el que el bebé nazca.

      Gracias por leer nuestro blog.

      Responder
  14. Emilio dice

    19 noviembre, 2020 en 2:12

    Buenas mi hija nace en enero del 2021 mi duda es mi mujer tiene 16 semanas de maternidad y yo otras 16 semanas de paternidad? O solo mi mujer tiene la baja.

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      19 noviembre, 2020 en 9:09

      Hola Emilio,

      Os corresponden 16 semanas de permiso a cada uno.

      Gracias por leer nuestro blog.

      Responder
  15. Pedro Almarza dice

    22 noviembre, 2020 en 8:54

    Hola, soy de otro país (fuera de la UE) y primera vez que trabajo en España, mi mujer no trabaja. Mi hija está por nacer y solo tendré 8 meses en la empresa actual al momento de su nacimiento. ¿Podré disfrutar de un periodo mínimo de post natal? o ¿Cuánto es el periodo que me correspondería?
    Muchas gracias por el blog, es de mucha utilidad 😉

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      9 diciembre, 2020 en 12:11

      Hola Pedro,

      Muchas gracias por leernos.

      Lamentablemente en este momento no podemos darte una respuesta personalizada a tu caso pues ya no tramitamos este tipo de cuestiones.

      Un saludo

      Responder
  16. Veronica dice

    5 diciembre, 2020 en 6:52

    Hola buenas tardes estoy en el paro y mi hija nace en enero no sabia que tambien te dan la baja por maternidad en la SS , mi pareja tiene un trabajo que se le acaba el contraro a final de enero y nosabes si le pertenece la baja por paternidad y segundo que debo haver con lo de baja de maternidad si no la eh solicitado al 6 mes ? Gracias

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      21 abril, 2021 en 11:00

      Hola Veronica.

      Comentarte que, el paro es gestionado por el SEPE y la baja por maternidad/paternidad lo gestiona la SS. Con lo cual, cuando tengas la baja tendrás que notificarlo a ambas administraciones para que la SS pase hacerse cargo de tu pago. También indicarte que tenemos a tu disposición un equipo de abogados especializados que pueden ayudarte a resolver esta consulta con más detalle. Te recomendamos que te pongas en contacto con ellos a través de nuestro servicio de videoconsulta online. Puedes registrarte aquí para solicitar que te llamemos sin compromiso y explicarte más. ¡Te esperamos!

      Responder
  17. José David Aguilera dice

    28 diciembre, 2020 en 4:15

    Hola. En Febrero seré padre y mi intención es coger las 6 semanas obligatorias y después espaciar las 10 semanas restantes dentro de los primeros 12 meses del bebé. Si esto lo hago así, ¿voy cobrando según vaya cogiendo esas semanas? ¿O hasta que no agote las 10 semanas no las cobro todas juntas? Muchas gracias.

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      18 mayo, 2021 en 2:32

      Hola José David,

      La prestación la vas cobrando conforme vas disfrutando del permiso.

      Si necesitas asesoramiento, ahora mismo tenemos disponible un nuevo servicio de videoconsulta online que consiste en que un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión en concreto. Puedes registrarte aquí para solicitar que te llamemos sin compromiso y explicarte más.

      ¡Te esperamos!

      Responder
  18. Anónimo dice

    30 diciembre, 2020 en 11:07

    Buenos días mi hijo nació el 25 de octubre del 2020 cuantas semanas me corresponde de paternidad un cordial saludo a espera de su respuesta

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      18 mayo, 2021 en 2:45

      Hola,

      Durante el 2020 los padres tendrán 12 semanas de permiso retribuido, de las cuales las 4 primeras semanas deberá disfrutarlas de forma ininterrumpida inmediatamente tras el parto.

      Gracias por leer nuestro blog.

      Responder
  19. Adrian dice

    26 febrero, 2021 en 11:57

    Hola guenos dia mi problema es k cobre la paternida el mes pasao y este mes toda via no e cobrado es normal k no me allan pagado toda via es que no se

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      20 mayo, 2021 en 12:57

      Hola, Adrian,

      Esperamos que el cobro de la paternidad se haya regularizado. Si tienes algún problema con el mismo, tienes que contactar con tu oficina de la Seguridad Social.

      Si necesitas asesoramiento, ahora mismo tenemos disponible un nuevo servicio de videoconsulta online que consiste en que un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión en concreto. Puedes registrarte aquí para solicitar que te llamemos sin compromiso y explicarte más.

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      Responder
  20. David dice

    9 marzo, 2021 en 4:34

    Muy buenas, voy a ser padre en 15 dias. Me cogeré las 6 semanas obligatorias a jornada completa y las 10 restantes mi jefe quiere que en vez de hacer media jornada, haga 22,5h semanales para no entorpecer los turnos laborales de mañanas. Mi pregunta es que si trabajo 2,5horas mas cada semana eso significa que se alargan las semanas de prestacion?

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      20 mayo, 2021 en 2:45

      Hola David,

      Tienes que cogerte las 6 semanas obligatorias al nacimiento del bebé. A partir de ahí, depende del acuerdo que pactes con la empresa.

      Si necesitas asesoramiento, ahora mismo tenemos disponible un nuevo servicio de videoconsulta online que consiste en que un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión en concreto. Puedes registrarte aquí para solicitar que te llamemos sin compromiso y explicarte más.

      ¡Te esperamos!

      Responder
  21. jose carlos dice

    20 mayo, 2021 en 10:40

    me quedan 7 semanas de permiso de paternidad que divido 3 en junio y otras 4 en septiembre…

    la de junio es del 10 al 30 y la de septiembre del 1 al 28..
    cuando comienza mi permiso de septiembre no estare en mi domicilio por lo que no podre inscribir mi baja mediante el certificado digital que solo vale para el PC de mi domicilio… mi pregunta es: puedo inscribir los 2 periodos cuando empiece el permiso de junio? asi ya lo tendría hecho.
    no se si me he explicado, muchas gracias

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      21 mayo, 2021 en 1:34

      Hola Jose Carlos,

      A través de este enlace podrás solicitar el siguiente periodo sin necesidad de disponer de certificado digital: https://w6.seg-social.es/ProsaInternetAnonimo/OnlineAccess?ARQ.SPM.ACTION=LOGIN&ARQ.SPM.APPTYPE=SERVICE&ARQ.IDAPP=FRCOGENE&ORGANISMO=I

      Si necesitas asesoramiento, ahora mismo tenemos disponible un nuevo servicio de videoconsulta online que consiste en que un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión en concreto. Puedes registrarte aquí para solicitar que te llamemos sin compromiso y explicarte más.

      ¡Te esperamos!

      Responder
  22. Anouar dice

    30 julio, 2021 en 7:35

    Hola, pregunto si cojí la baja de paternidad de 12 semanas, me han restado 3 dias de mis vacaciones, eso es una ley o una norma que se aplica? Que de las 12 semanas que tengo derecho, me reste 3 días de mis vacaciones?

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      2 agosto, 2021 en 10:35

      Hola Anouar,

      La baja de paternidad es independiente a tus vacaciones, es decir, es un permiso retribuido por el que no tienen que restarte días de vacaciones.

      Si necesitas asesoramiento, ahora mismo tenemos disponible un nuevo servicio de videoconsulta online que consiste en que un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión en concreto. Puedes registrarte aquí para solicitar que te llamemos sin compromiso y explicarte más.

      Un saludo.

      Responder
  23. Josué dice

    9 agosto, 2021 en 10:01

    Hola.
    En mi caso podría partir la partenidad coger 2meses trabajar 2mese y volveremos a coger los dos meses restantes? No habría problema de coger la baja otra vez?

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      9 agosto, 2021 en 12:46

      Hola Josué,

      Las 6 primeras semanas deberán ser disfrutadas de forma ininterrumpida inmediatamente tras el parto, por lo que puedes coger las otras semanas restantes tendrás que consultar en tu convenio el plazo que te dan para disfrutarlas.

      Si necesitas asesoramiento, ahora mismo tenemos disponible un nuevo servicio de videoconsulta online que consiste en que un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión en concreto. Puedes registrarte aquí para solicitar que te llamemos sin compromiso y explicarte más.

      Un saludo.

      Responder

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