
Solo aquellos herederos que reciben una vivienda cuyo valor no ha sufrido un aumento desde que el propietario fallecido la adquirió están exentos de pagar la plusvalía municipal al heredar un inmueble. Por otra parte, respecto al pago de la plusvalía municipal al vender una vivienda, únicamente aquellos propietarios que venden un inmueble sin que obtengan beneficio con ello, es decir, la vivienda no ha experimentado un aumento de valor desde la adquisición, estarán exentos de pagar la plusvalía al vender una vivienda. Vamos a ver otros casos y desarrollar quién está exento de pagar la plusvalía municipal en España.
Casos en los que no se paga plusvalía
Además de lo ya señalado, existen otros casos o circunstancias en las que el vendedor o heredero no tiene que pagar el impuesto de plusvalía municipal:
- Terrenos de naturaleza urbana propiedad del Estado, comunidades autónomas, del propio municipio o de entidades sin ánimo de lucro.
- Cuando se vende un inmueble considerado como patrimonio histórico o cultural.
- Cuando se produce una dación en pago no hay que pagar plusvalía.
- En aquellos casos en los que se celebre la transmisión para realizar una extinción de condominio, dividir un proindiviso o disolver una comunidad.
- Transmisiones entre cónyuges.
¿Y si te obligan a liquidar la plusvalía municipal y estabas exento del pago?
En ese caso, tienes derecho a reclamar al ayuntamiento la devolución del impuesto de plusvalía municipal. Para ello, te recomendamos que nos consultes. Podemos ayudarte con todos los trámites, plazos, documentos, etcétera, que se establecen en este tipo de reclamaciones a la Administración.
Estudiamos tu reclamación sin compromiso. ¿Por qué no consultar si puedes recuperar ese dinero que pagaste al ayuntamiento en concepto de impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana? ¡Da el paso!
Consulta gratis aquí tu caso
Si tienes alguna duda sobre quién está exento de pagar la plusvalía municipal o has pagado este impuesto y tienes dudas sobre si tienes o no derecho a reclamar al ayuntamiento, también puedes dejarnos un comentario y te responderemos en el menor tiempo posible.
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