
Esta cuestión es una de las más controvertidas en los arrendamientos de vivienda. Pero la ley es clara al respecto. El propietario (arrendador) no puede entrar en la vivienda alquilada sin autorización del inquilino (arrendatario).
Es más, en no pocas ocasiones se pueden ver contratos de alquiler de vivienda en los que existe una cláusula, impuesta por la parte que arrienda la vivienda, que permitiría entrar al propietario periódicamente en la vivienda alquilada para comprobar el estado de la misma o de producirse un impago continuado de las rentas.
El domicilio es inviolable
Pues bien, este tipo de cláusulas son ilegales. El domicilio es inviolable. Así lo señala el Artículo 18.2 de la Constitución Española: “El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito”. Y sí, esto se aplica a los alquileres de vivienda.
La Constitución también señala las excepciones a lo anteriormente señalado:
- Si el propietario dispone de autorización del arrendatario para entrar en la vivienda.
- Cuando se dispone de una autorización judicial para acceder a la vivienda alquilada.
¿Y si el propietario entra en la vivienda porque el inquilino ha abandonado la vivienda dejando de pagar?
En otras ocasiones, el arrendador decide entrar en la vivienda que tiene alquilada porque tiene constancia de que el inquilino ha dejado la vivienda. En estos casos, tampoco podría entrar -si no tiene autorización del arrendatario- y debería intentar finalizar el contrato de alquiler o bien, acudir a la justicia para iniciar un desahucio por impago del alquiler que devuelva al propietario la posesión de la vivienda.
Vivienda arrendada en venta: ¿Puede el propietario entrar en la vivienda alquilada para enseñarla a futuros compradores?
Como explicábamos en el post sobre derechos y obligaciones del inquilino, éste tiene derecho de adquisición preferente de la vivienda, esto es, que en caso de ponerse en venta la vivienda alquilada, el arrendatario tendrá una preferencia de compra de esa casa.
Si el inquilino no está dispuesto a adquirir la vivienda, pero el propietario mantiene su intención de ponerla en venta, este último debe saber que para enseñar la vivienda a los futuros compradores deberá disponer igualmente del permiso del inquilino.
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Puede el locator disponer del uso del terreno de la vivienda en alquiler? O sea usar el terreno a su disposición? Siendo que la vivienda si está alquilada? Tengo derecho a no dejarlos modificar el patio? Si yo lo uso?
Hola Beatriz,
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Puedo entrar en la parcela del inquilino a recoger el fruto de un árbol ya que figura en contrato que el fruto de ese árbol es del arrendador?
Hola Ana,
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Buenas tardes, la arrendadora de mi casa va a hacer unas pequeñas mejoras en la terraza(necessarias) y quiere estar presente los dias que duren( en principio un par de dias). Puedo negarem a que ella este presente si estamos nosotros e informamos? Solo es aislar las paredes de la terraza. Gracias.
Hola Teresa,
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Que pasa si el inquilino no autoriza las visitas de la casa que está a la venta? Estaría obstaculizando la venta y por ende causando un perjuicio, se puede reclamar?
Hola Valentina,
Tal y como comentamos en nuestro post "si el inquilino no está dispuesto a adquirir la vivienda, pero el propietario mantiene su intención de ponerla en venta, este último debe saber que para enseñar la vivienda a los futuros compradores deberá disponer igualmente del permiso del inquilino".
Un saludo.
Hola, gracias de antemano. Estoy de inquilino y nos vamos a finales de Enero del piso. La inmobiliaria tenemos firmado en contrato que el último mes pueden entrar a enseñar el piso para volverlo alquilar. El problema es que nos vamos 18 días de vacaciones en Enero. Y no quiero que entren en el piso por qué tenemos un gato y me da miedo que el de la inmobiliaria no se responsabilice y dejé la puerta abierta o alguna cosa rara. Me puedo negar a que entre la inmobiliaria en mi casa, aunque lo tenga en contrato?
Muchas gracias
Hola Israel,
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Buenas! ¿En un supuesto caso de que el arrendatario no hiciese señales de vida (simplemente no contesta y no se le ve durante un periodo de días), el arrendador puede dar permiso a la policía para entrar en el domicilio?
Hola Raúl,
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