El compromiso de permanencia es una de las principales cláusulas que se acuerdan en la firma de un contrato de telefonía. Obligan al cliente a permanecer en la misma compañía, y a veces incluso hasta en la misma tarifa, por un determinado período de tiempo.
Es la contraprestación a una rebaja al precio del terminal o de la tarifa escogida o incluso ofreciendo terminales a coste cero u otra índole de promociones.
Con la liberación del mercado de telecomunicaciones y la proliferación de las denominadas "operadoras virtuales", las compañías telefónicas han usado esta condición para atar a sus clientes durante un determinado período de tiempo.
De este modo han dado a entender que su principal beneficio está no tanto en el consumo que el cliente haga sino en cumplir el tiempo de permanencia establecido.
¿Cómo afecta la modificación de la norma en materia de permanencia?
Con la modificación en la normativa sobre consumidores, la penalización por el incumplimiento de permanencia ha de ir disminuyendo de manera proporcional con el paso del tiempo. Así cuántos más meses se permanezca en la compañía, menor será el importe a pagar.
Es habitual que muchas personas no sepan de su existencia hasta que deciden irse y cambiar de proveedor y su actual compañía les dice que tienen que pagar la penalización.
La razón es que muchos contratos se hacen vía telefónica o por internet y no se leen todas las condiciones, pero es requisito imprescindible que la permanencia aparezca reflejada expresamente en el contrato para que sea exigible.
Hay ciertas compañías que en su publicidad dan a conocer que si te cambias con ellos, no tendrás que pagar compromiso de permanencia. Es claramente falso.
Lo que ofrece la compañía es descontar dicha cantidad de las próximas facturas con el nuevo operador, pero la compañía actual lo cobrará igualmente. Además, ponen un límite de cantidad a pagar o recompensar por cambiarse y si se supera no se hacen cargo.
Hay que saber que existen situaciones en las que se tiene derecho a irse a otra compañía sin tener que pagar penalización.
La primera tiene lugar cuando existe un corte en el servicio o éste se ve deteriorado y está situación tiene cierta continuidad en el tiempo. En estos casos, la ley posibilita pedir una indemnización a la empresa y a solicitar una resolución del contrato, independientemente de la permanencia.
La segunda situación es menos conocida. Cuando la operadora cambia las condiciones y cláusulas del contrato, el cliente puede solicitar su resolución sin penalización y coste alguno.
Es evidente que la empresa tiene la facultad de cambiar sus tarifas y sus condiciones, según su arbitrio, pero también lo es que si el cliente no está de acuerdo con dicho cambio pueda resolver el contrato, haya o no permanencia.