El final del verano 2022 está siendo turbulento en muchas aerolíneas. Entre ellas, Iberia Express, filial de bajo coste de Iberia. Uno de los sindicatos que representa a parte de los trabajadores de esta compañía aérea anunciaron una huelga durante 10 días de los trabajadores de Iberia Express para solicitar una mejora en sus condiciones laborales.
Concretamente, la huelga de Iberia Express se extiende del 28 de agosto al 6 de septiembre, afectando enormemente a los vuelos de esta compañía a nivel peninsular, pues los vuelos insulares mantienen unos importantes servicios mínimos. Seguidamente, los vuelos más afectados son los destinos internacionales.
Si en el caso de la huelga de Ryanair, las principales incidencias durante sus jornadas de paros se centran en retrasos de vuelos, en la huelga de Iberia Express la principal incidencia son las cancelaciones de vuelos.
Al igual que los retrasos superiores a 3 horas, las cancelaciones de vuelo de última hora (avisan de la cancelación con menos de 14 días de antelación), dan derecho a los consumidores a reclamar a la aerolínea una indemnización de hasta 600 €. Por ejemplo, si el vuelo cancelado es un trayecto Madrid-Barcelona, el pasajero aéreo tiene derecho a una compensación económica de 250 €, al tratarse de una distancia inferior a 1.500 km. A esos 250 €, hay que sumar los gastos derivados de la cancelación del vuelo, por ejemplo, noches de hotel no reembolsables que el viajero o viajera no pueda disfrutar.
Y, además de lo anterior, y de lo único que suelen informar las aerolíneas, el viajero afectado por la huelga de Iberia Express tiene derecho, también, al reembolso del billete cancelado o bien a un transporte alternativo. Y si Iberia Express no ofrece un transporte alternativo en las condiciones comparables y el pasajero o pasajera aéreo decide viajar por su cuenta, tiene derecho al reembolso de los gastos ocasionados para poder llegar al destino.
Resumiendo, los afectados por la huelga de Iberia Express tienen derecho al reembolso del billete o un transporte alternativo, más una indemnización de hasta 600 € y más los gastos demostrables que se deriven de dicha cancelación de vuelo.
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