En reclamador.es ya hemos gestionado numerosos casos de reclamaciones de préstamos rápidos y microcréditos a empresas online que ofrecen esos mensajes comerciales tan llamativos de "dinero rápido" , "sin nómina" , "préstamo estando en Asnef", etcétera. A continuación os dejamos los mensajes que más nos repiten nuestros clientes que les comentan las empresas de crédito y por las cuales dudan si pueden o no reclamar sus microcréditos y préstamos online rápidos.
Falso.
Es el mito más extendido: hacer creer al consumidor que, por el simple hecho de haber firmado o hecho clic en "Aceptar términos", pierde todos sus derechos.
La realidad legal: En España, la Ley de Usura y la jurisprudencia del Tribunal Supremo establecen que un contrato con intereses desproporcionados es nulo de pleno derecho. Que hayas aceptado las condiciones no legaliza un delito ni valide una cláusula usurararia o no transparente. Si el interés aplicado es muy superior al interés medio del mercado, la firma no invalida tu derecho a reclamar.
Falso.
Muchas personas piensan que solo se puede reclamar un préstamo que está "activo" o pendiente de pago.
La realidad legal: La acción de nulidad por usura no prescribe. Da igual si terminaste de pagar el minicrédito hace tres meses o hace cinco años; puedes exigir la revisión de todos los contratos pasados. Si la entidad te cobró intereses abusivos, comisiones de demora ilegales o gastos de "prórroga", está obligada a devolverte hasta el último euro cobrado de más.
Falso.
Cuando el cliente empieza a no pagar o menciona la palabra "reclamación", la financiera suele ofrecer una "reestructuración de la deuda", una quita o un nuevo préstamo para pagar el anterior.
La realidad legal: Esta es una trampa habitual. Esas "reestructuraciones" suelen incluir cláusulas redactadas para que renuncies explícitamente a emprender acciones judiciales por usura en el futuro. Nunca firmes un nuevo acuerdo o una prórroga sin que un abogado experto revise el documento previamente.
Cuando iniciamos la reclamación contra la entidad de crédito y se determina que el contrato contiene usura o falta de transparencia:
El contrato se anula: Reclamamos por usura. Se elimina la obligación de pagar intereses, seguros o comisiones.
Solo devuelves lo prestado: La ley dicta que solo debes devolver la cantidad neta que te ingresaron originalmente.
Te devuelven el dinero cobrado de más: Si entre cuotas, prórrogas y penalizaciones ya has pagado más del dinero que te prestaron, la entidad tiene que devolverte a ti la diferencia.
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