Ojo con la cláusula no show (back to back ticketing o cross ticketing): si no viajas a la ida y la aerolínea te deniega el embarque de la vuelta puedes reclamar.
Se trata de una práctica abusiva que desde reclamador.es combatimos activamente y que la jurisprudencia respalda.
Así, el Juzgado de lo Mercantil número de 8 de Madrid ha condenado a Iberia a pagar a un pasajero 383,18€, por aplicar esta cláusula abusiva en un vuelo.
Hay que indicar que, tras numerosas denuncias de consumidores, el Tribunal Supremo la ha declarado ilegal prohibiendo su aplicación en España.
¿Conoces cuáles son tus derechos en caso de retrasos, cancelaciones de vuelos y denegación de embarque? Insistimos en la importancia de reclamar y de que quede constancia de ello.
De acuerdo al Reglamento 261/2004 cuando un pasajero se ve afectado por un retraso superior a 3h (180 minutos), una cancelación del vuelo o sufre overbooking, el transportista aéreo encargado de efectuar el vuelo, en este caso la compañía Iberia, debe indemnizarle con las siguientes cuantías económicas:
Fecha del vuelo: 19/05/2015.
Código del vuelo: Vuelo Iberia IB3126.
Trayecto: Barajas Adolfo Suarez – Frankfurt.
Sentencia: según recoge la resolución del 12 de mayo de 2016, Iberia está condenada a pagar una indemnización de 383,18€ al pasajero por cancelar la vuelta de su vuelo.
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