*Contenido actualizado mayo 2022
Una reducción de jornada significa que el profesional tendrá una disminución en el número de horas que dedica a su trabajo. Esta reducción puede deberse a una petición por parte del trabajador o también por parte del empresario.
En este sentido, vamos a explicar las dos opciones de reducción de jornada que existen:
La reducción de la jornada laboral es un derecho que está recogido en el artículo 37.5 del Estatuto de los Trabajadores. Se especifica que el trabajador puede solicitar esta reducción en los siguientes supuestos:
La empresa también puede solicitar una reducción, pero debe hacerlo porque existan razones técnicas, organizativas, económicas o de producción, y comunicarlo siguiendo la normativa laboral al respecto.
Si estos requisitos no se cumplen, el trabajador puede:
Para solicitar la reducción, se debe avisar a la compañía con 15 días de antelación, o los días estipulados en el convenio, por escrito. La empresa no puede negarse a su concesión, ya que es un derecho del trabajador.
Será el empleado el que indique el horario más apropiado, aunque deberá hacerlo bajo el principio de la buena fe. Ambas partes deben ponerse de acuerdo sobre cuál es la mejor opción. En caso de no ser posible, se deberá recurrir a la vía legal.
El cálculo de las prestaciones de la Seguridad Social se hace sobre el 100 %, sin tener en cuenta dicha reducción durante los dos primeros años.
En el cálculo por desempleo, se ve incrementada hasta el 100 % como si no hubiera existido la reducción de jornada. Es muy común solicitar esta reducción, para disfrutar de la conciliación familiar.
En definitiva, la reducción de jornada es un derecho del trabajador, también puede partir del empleador y ambas partes deben atenerse a determinadas normas.
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