Consejos legales

Impuestos que se pagan al donar o recibir una donación

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Donar o recibir una donación: Impuesto de sucesiones y donaciones, IRPF y plusvalía municipal

Recibir una donación puede ser un regalo con una pequeña trampa. Un caramelo envenenado según la comunidad autónoma donde nos encontremos. Hablamos de trampa porque una donación no sale gratis, ni para quien hace la donación ni para quien la recibe. Cantidades nada desdeñables según a quién se transmita, qué done y dónde lo haga.

¿Por qué? El donatario, es decir, quien recibe el dinero o el bien, debe pagar el impuesto de sucesiones y donaciones y, además, si se tratara de la donación de un inmueble urbano (vivienda, local comercial, garaje,…), se debe abonar el impuesto de plusvalía municipal. El donante, quien transfiere, deberá declarar esta operación en el IRPF si ha obtenido una ganancia patrimonial.

Guía del impuesto de sucesiones y donaciones por comunidades autónomas

Impuestos que se pagan al donar una vivienda

A continuación señalamos los impuestos que debe pagar aquella persona que dona una vivienda. También explicaremos qué ocurre en los casos en los que la donación sea económica.

IRPF y donaciones

Sí, el donante debe tributar en el IRPF si se ha producido una ganancia patrimonial. Dicha situación se produce si el valor de transmisión es superior al valor de adquisición del bien. Existe una excepción, cuando el transmitente es mayor de 65 años y ese inmueble es su vivienda habitual. En este caso, no deberá tributar por la ganancia en el IRPF.

¿Cómo tributan las donaciones de dinero en el IRPF?

Esta situación es válida si nos encontramos ante una donación de vivienda o bienes. Si la donación es exclusivamente de dinero efectivo, el donante no tendrá que declarar en el IRPF esta transmisión, dado que no ha supuesto variación en su situación patrimonial ni ha obtenido con la operación ninguna ganancia.

Recibir una donación: impuestos a pagar

A continuación vamos a desgranar qué impuestos debe pagar aquella persona que vaya a recibir una donación. Hablaremos del impuesto de sucesiones y donaciones y del impuesto de plusvalía municipal.

Impuesto de sucesiones y donaciones en su modalidad de donaciones

Como hemos señalado, la cantidad a abonar por el impuesto de sucesiones y donaciones depende de la comunidad autónoma donde se encuentre el bien transmitido (una vivienda, por ejemplo) o la residencia habitual del donatario. Se trata de un impuesto transferido a las comunidades autónomas y, por tanto, nos encontramos enormes diferencias entre unas autonomías y otras. Pese a esto, lo más normal es que entre familiares directos, las comunidades autónomas establezcan bonificaciones para este tributo.

El plazo para abonar el impuesto en la Delegación de Hacienda de la comunidad es de 30 días . Empieza a contar desde que se realiza la escritura ante notario.

Recibir una donación: pago de la plusvalía municipal 

Algo con lo que muchos contribuyentes no cuentan es que al recibir una donación de una vivienda se debe abonar el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (plusvalía municipal).

Recordemos que el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional el abono de este tributo cuando se pueda acreditar la transmisión un inmueble con pérdidas, a pesar de que el valor catastral de la vivienda hubiera crecido. En estos casos, lo que se conoce como la plusvalía municipal con pérdidas, el contribuyente puede recuperar el 100% de lo pagado por el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

Otra sentencia del Tribunal Constitucional, de octubre de 2021, declaró nulos varios artículos de la Ley de Haciendas Locales que hacen referencia al método de cálculo del impuesto de plusvalía, pero cambiaron los criterios para poder reclamar el impuesto de plusvalía municipal. Así, ahora, podrán reclamar este impuesto:

  • Contribuyentes que realizaran liquidaciones o autoliquidaciones que se hubieran reclamado y no han sido contestadas, es decir, las que no son firmes.
  • También se podrán reclamar las liquidaciones o autoliquidaciones que se liquiden desde el 26 de octubre (fecha de la sentencia) hasta el 9 de noviembre, fecha en la que entró en vigor el Real Decreto Ley que establece el nuevo método de cálculo de la plusvalía municipal y que no se aplica a plusvalías anteriores a esa fecha, ya que las liquidaciones o autoliquidaciones de la plusvalía en este periodo se consideran nulas de pleno derecho.

En una compraventa de vivienda quien paga este impuesto es el vendedor. Si es una donación, el sujeto es el donatario.

Te ayudamos a reclamar la plusvalía municipal

Si tu caso está entre uno de los dos supuestos que acabamos de mencionar, ponte en manos de abogados expertos en plusvalía municipal para recuperar tu dinero.

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Ver comentarios

  • bueno días a mi una persona quiere donarme 40000 euros pero su abogado me dise que tengo que paga 245 euros eso es verdad o falso porque yo ese dinero que dise que tengo que paga no tengo yo eso los veo mal cuando una persona que quiere dona una cantidad de dinero y que yo tenga que paga algo gracias espero respuesta

    • Hola María Begoña,

      Tendrás que consultar a tu abogado el por qué de esa suma. No obstante, cuando haces una donación, tal y como explicamos en nuestro post, debes pagar el impuesto de sucesiones y donaciones.

      Un saludo.

    • Hola María y de dónde es a mi me pasa lo mismo q a usted estamos en al misma situación mmmm q raro

  • Buenas....si recibo en donacion 4 has de labor secano en albacete....el donante que no es mi familiar debe declararlo?
    No le voy a pagar nada.
    Y yo cuanto pagaria de impuestos?

  • Hola amy me quieren aser una donasion una señora de paris francia.y llo soy de jalisco mexico.me dicen que lla isieron la transferensia ami nonbre pero llo no tengo cuenta en ningun banco.y me disen sus abogados que me daran unos resivos segun para que llo cobre en cualquier banco.pero ne cobran seismil pesos.segun por los resivos.y llo no se si pagar ono pagar ono estoy seguro.si devo pagar ono.

  • Hola muy buenas, quisiera saber, voy a rebir una donación de más 200.000€, desde Francia, e pagado escrituras, ejecución de transferencia, decoración de fondos y debo pagar 1,058€ de fiscalia?? Una vez pagué fiscalía, emiten la transferencia a mi banco? Gracias de antemano

  • Hola buenas tardes,un amigo me quiere comprar un piso,dármelo en donación por el mismo precio que le costó...
    De esta manera se está exento de tributos ? Y solo pagar la plus valía al municipio y notario por cambio de nombre?
    Gracias

  • Yo tambien esty pasando por esa misma situación me ofrecieron en donación 450.000 euros de una herencia mandé todos mis datos y q tengo yo q pagar 300 euros por favor necesito que me respondan esa donación es de París

  • Yo también recibí la propuesta de una donación de 200000 Euros debo pagar a tes 150 Euros. No se si es verdad la donante es croata tengo su perfil me habla por mensseger y su abogado es francés me habla por Whatsap. Me mostraron un certificado de donación a mi nombre con el nombre de la donante y la firma del abogado.¿ Es real esto ? Gracias

  • Me quieren donar una vivienda que su valor aproximado es 500.000€
    Soy ajena a ningún parentesco con el donante. Que impuesto hay que pagar y quien debe hacer frente a los mismos. Gracias

    • Hola.
      Si eres tú quien recibe la donación:
      Impuesto de sucesiones y donaciones en su modalidad de donaciones. la cantidad a abonar por el impuesto de sucesiones y donaciones depende de la comunidad autónoma donde se encuentre el bien transmitido (una vivienda) o la residencia habitual del donatario.
      Además, el impuesto de plusvalía municipal.
      Gracias por leer nuestro blog.

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