Ayer, 6 de noviembre, y tras 15 horas de discusión, el Pleno de la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo terminaba por aclarar, por una mínima diferencia de votos, quién debe afrontar el pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) en un préstamo hipotecario, dando la razón a la banca. En nuestra opinión, un tema así de trascendente requería un consenso más amplio entre los magistrados. Un asunto bochornoso que confirma el peor de los escenarios que podían darse una vez se conociese la sentencia, y es que los hipotecados se quedan sin poder reclamar el importe de este impuesto.
En palabras de nuestro Director Legal, Ramiro Salamanca, “El Alto Tribunal ha dado la espalda a los prestatarios, obligándoles a asumir el pago de un tributo que supone, según la comunidad autónoma, entre el 0,5% y el 1,5% sobre el importe de la responsabilidad hipotecaria. El Estado de derecho exige una decisión con una mayoría, si no unánime, más cualificada que dotará de seguridad jurídica a la sociedad”.
Pero no todo está perdido. El resto de los gastos de formalización de la hipoteca se pueden seguir reclamando. Estos son: notaría, gestoría, tasación y Registro de la Propiedad.
A este respecto, Salamanca añade: “Pese a esto, los consumidores pueden seguir reclamando en los Juzgados civiles la abusividad de la cláusula de gastos de hipoteca, incluyendo el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, apoyando su reclamación en las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que han declarado que los efectos de la abusividad no se pueden moderar ni integrar. El banco que impone al consumidor una cláusula abusiva que se declara nula no se puede beneficiar de ello, la nulidad tiene un efecto disuasorio e implica reponer al consumidor en la situación en que se encontraría si la cláusula no existe, restituyendo la totalidad de lo pagado en cumplimiento de la misma”.
En reclamador.es te animamos a seguir reclamando los gastos de formalización de tu hipoteca. Como te decíamos, no todas las puertas se cierran para proteger tus derechos como consumidor.
Además, queda la justicia europea. Ineludiblemente se deberá acudir ante este organismo, (mediante la interposición de una cuestión prejudicial), para determinar los efectos de la de la declaración de nulidad de una cláusula abusiva y la imposibilidad de moderar sus efectos. Una cuestión prejudicial que ya veníamos proponiendo hasta ahora en reclamador.es y que seguiremos formulando para salvaguardar los intereses de los consumidores hasta que haya un pronunciamiento definitivo y esperemos que tenga el mismo resultado final que en otras cuestiones planteadas al TJUE, como en el caso de las cláusulas suelo, donde este tribunal ya contradijo al Supremo español.
Si el banco te impuso la totalidad del pago de los gastos de formalización de tu hipoteca, puedes reclamar. En reclamador.es contamos con un amplio equipo de abogados expertos en derecho bancario que te acompañarán desde el principio y hasta el final del procedimiento. Solo cobramos si tú ganas. (Salvo que exista un incumplimiento o resolución contractual por tu parte conforme a nuestras CCGG).
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tengo la hipoteca del 2017 puedo reclamar?
Sí. Aquí te informamos cómo reclamar y encontrarás el formulario para iniciar tu reclamación de gastos de hipoteca: https://www.reclamador.es/banco/gastos-de-formalizacion/
¡Gracias!