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Hipoteca inversa: ¿en qué consiste y cuál es la letra pequeña?

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hipoteca inversa que es

Hipoteca, palabra muy común en nuestra vida cotidiana, pero pocos saben realmente qué es o a qué puede hacer referencia. Normalmente lo definimos como un dinero, que una entidad financiera presta, para conseguir la compra de algún producto como vivienda, vehículo, plaza de garaje… Pero no se queda solo aquí, porque hay diferentes tipos de hipoteca, e incluso en ocasiones es el propio banco quien abona al beneficiario una cantidad de dinero y no a la inversa. Esto es lo que se conoce como hipoteca inversa o hipoteca revertida.

Pero, ¿en qué consiste exactamente, qué condiciones y qué requisitos tiene? No todo el mundo puede acceder a ellas. Sigue leyendo, y te contamos todos los detalles.

  1. ¿En qué consiste una hipoteca inversa?
  2. Requisitos para poder adquirirla
  3. ¿Tiene beneficios fiscales?
  4. ¿Se puede dar un vencimiento anticipado de una hipoteca revertida?
  5. Cuando fallece el beneficiario, ¿se hereda la hipoteca inversa?
  6. ¿Quién asume los gastos de formalización en una hipoteca inversa?
  7. ¿Qué bancos de España ofrecen una hipoteca inversa?

¿En qué consiste la hipoteca inversa?

El Banco de España define a la hipoteca inversa como: “un tipo de préstamo hipotecario dirigido a personas mayores de 65 años o dependientes que sean propietarios de una vivienda. Al contrario que en la hipoteca convencional, es el titular quien recibe del banco una cantidad a cambio del piso (normalmente en forma de renta mensual). Además de no perder la propiedad de su vivienda, podrá seguir utilizándola hasta su fallecimiento.”

Es decir, se trata de una operación financiera con la que se da la posibilidad de convertir a dinero el valor patrimonial que representa la propiedad de una vivienda. Se convierte un activo como un piso en una renta financiera o vitalicia y muchas personas lo hacen para completar la pensión de jubilación.

Guía para pedir una hipoteca.

Pero, al contrario que una hipoteca convencional, la deuda no disminuye con el tiempo, sino que aumenta,de tal manera que cuantos más años vives, más se incrementa el tipo de interés aplicable cada año. Por eso la edad es un factor determinante para este tipo de hipoteca. 

El hipotecado puede seguir utilizando la vivienda y puede cancelar la hipoteca si así lo desea, por ejemplo, vendiendo el inmueble.

Requisitos para poder adquirirla

Como hemos podido ver, a este tipo de hipoteca no puede acceder todo el mundo, ya que hay unos requisitos especiales para poder suscribirla:

  • Estar en posesión de una vivienda
  • Tener más de 65 años.
  • Tener menos de 65 años y una discapacidad reconocida de un grado igual o superior al 33%.
  • Personas que se encuentren en situación de dependencia grave o gran dependencia.
  • El importe del crédito no podrá ser superior al valor tasado de la vivienda. Para ello, tiene que tasarla una sociedad de tasación oficial.
  • Se puede contratar con una entidad de crédito o con entidades aseguradoras autorizadas para operar en España.

Aparte de estos requisitos, te puede interesar saber que la suscripción de una hipoteca de este tipo no es incompatible con alquilar la vivienda si se desea, incluso puede estar ya arrendada en el momento de solicitar la misma. Esta opción le permite al cliente obtener una renta por el alquiler además de lo que ya obtiene de la hipoteca inversa.

Además, se puede combinar  con un seguro de renta vitalicia. Así, si la persona vive más años de los que cubre las mensualidades por esta hipoteca, no deja de percibir las cantidades.

¿Tiene beneficios fiscales?

Además, este tipo de hipoteca cuenta con beneficios fiscales. El más importante es el referido al Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas (IRPF). En este sentido, los pagos mensuales (o el pago único) que se recibe por este producto financiero, no están obligados a tributar en dicho impuesto. Por lo que de la cantidad que percibas no vas a tener que abonar nada tu impuesto sobre la renta.

¿Se puede dar un vencimiento anticipado de una hipoteca revertida?

Recordemos que una cláusula de este tipo en un contrato hipotecario es aquella por la cual la entidad financiera puede ejecutar el préstamo hipotecario si se dan determinadas circunstancias.

En estos préstamos, si el propietario decide transmitir la vivienda (donarla o venderla por ejemplo), el banco tendrá derecho a exigir la cantidad adeudada más lo intereses.

Debido a que este tipo de préstamos se asocia directamente a una persona con unas características concretas (edad y esperanza de vida), no es posible la subrogación del mismo a una persona con otras circunstancias.

Conoce las principales novedades de la nueva ley hipotecaria.

Cuando fallece el beneficiario, ¿se hereda la hipoteca inversa?  

La titularidad de la vivienda la mantiene el cliente de la hipoteca inversa hasta su fallecimiento. Cuando esto ocurre, o en el caso de que haya más de un beneficiario fallece el último, se pueden dar varias situaciones, ya que los herederos de la propiedad heredarían esta con la deuda suscrita:

  • Los herederos pueden liquidar la deuda con la entidad financiera cancelando el crédito hipotecario totalmente con fondos propios. En este caso tienen que abonar tanto la cantidad recibida por el fallecido como los intereses.
  • También pueden cancelarla adquiriendo otro crédito para cubrir dicha deuda.
  • En tercer caso, los herederos pueden vender la vivienda y satisfacer así la deuda contraída.

En ningún caso, la entidad con la que se tenía suscrita la hipoteca inversa puede cobrar a los herederos ningún tipo de gasto o comisión por cancelación de la deuda.

¿Quién asume los gastos de formalización en una hipoteca inversa?

A raíz de la publicación de la nueva Ley Hipotecaria, está estrictamente tasado quién se encarga de cubrir cada gasto de la hipoteca. No obstante, anteriormente estos gastos han sido soportados en la mayoría de los casos por los consumidores que suscribían el préstamo.

Como han declarado los tribunales, parte de estos gastos son reclamables. En reclamador.es ponemos a tu disposición un sólido equipo de abogados expertos en reclamaciones bancarias que te ayudarán y acompañarán durante todo el proceso.

¿Quieres reclamar los gastos de tu hipoteca inversa?

¿Qué bancos en España ofrecen hipoteca inversa?

En España no es un producto financiero muy popular, y se suele solicitar y vender más los famosos planes de pensiones con el objetivo de garantizarse una jubilación. 

Por eso muchos bancos no lo publicitan como parte de sus servicios por la baja demanda y el riesgo de que los herederos luego no se responsabilicen de la deuda. Pero si se acude a la entidad financiera proponiendo este tipo de hipoteca, sí que estudian el perfil del cliente y de la vivienda y pueden concederlo. 

Algunos de los bancos que cuentan con este servicio o bien están abiertos a aceptarlos son: Banco Santander, Caja de Ingenieros, CaixaBank, Bankinter o BBVA. 

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😉

Almudena Velázquez

Ver comentarios

  • SE PUEDE SOLICITAR UNA HIPOTECA INVERSA EN UNA VIVIENDA QUE ESTE HIPOTECADA?
    TENGO 61 AÑOS Y ME LO ESTOY PLANTEANDO PARA LA JUBILACIÓN YA QUE TENGO UNA
    HIPOTECA HASTA 2036

    • Hola Domingo,

      Es necesario contar con una vivienda en propiedad, a poder ser, libre de cargas. En caso de no haber terminado de pagar la hipoteca, el préstamo de la hipoteca inversa se ampliaría para hacer frente a ella.

      Gracias por leer nuestro blog.

    • Hola Raul,

      Los requisitos son los que mencionamos en el post. No obstante, puedes consultar a tu entidad bancaria por si ofreciera otras condiciones mejoradas.

      Gracias por leer nuestro blog.

  • Si pido un hipoteca inversa.cuando se devuelve el dinero? Cuando fallezca y cuando se venda la casa? Y que intereses tiene?
    Gracias

    • Hola Paloma,

      Tal y como comentamos en nuestro post, la hipoteca inversa es un tipo de préstamo hipotecario dirigido a personas mayores de 65 años o dependientes que sean propietarios de una vivienda. Al contrario que en la hipoteca convencional, es el titular quien recibe del banco una cantidad a cambio del piso (normalmente en forma de renta mensual). Además de no perder la propiedad de su vivienda, podrá seguir utilizándola hasta su fallecimiento.

      La titularidad de la vivienda la mantiene el cliente de la hipoteca inversa hasta su fallecimiento. Cuando esto ocurre, o en el caso de que haya más de un beneficiario fallece el último, se pueden dar varias situaciones, ya que los herederos de la propiedad heredarían esta con la deuda suscrita:

      -Que los herederos liquiden la deuda con la entidad financiera cancelando el crédito hipotecario totalmente con fondos propios. Para ello tienen que abonar tanto la cantidad recibida por el fallecido como los intereses generados.
      -También pueden cancelarla adquiriendo otro crédito para cubrir dicha deuda.
      -En tercer caso, pueden vender la vivienda y satisfacer así la deuda contraída.

      Gracias por leer nuestro blog.

    • Hola, Alberto,

      En tu caso, si deseas contratar una hipoteca inversa pero tienes un préstamo pendiente, podrías dirigirte al banco con el que tienes el préstamo o bien otro banco, para que te informen de las condiciones de la hipoteca inversa que ofrecen. Después tendrías que elegir lo mejor para tus intereses personales.

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  • Hola, quería saber si existe algún Banco o financiera que de este tipo de producto , y el valor que tiene que tener el inmueble. Muchas gracias

    • Hola Pablo,

      Tendrás que contactar con tu banco a ver si oferta este tipo de hipoteca, ya que no podemos ofrecerte esta búsqueda.

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    • Hola Pilar,

      Dependerá de lo que se haya firmado con el banco.

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    • Hola Anna,

      El requisito es tener más de 65 años.

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  • Hola tengo 63 años tengo un local comercial de propiedad puedo hacer hipoteca a la inversa gracias

    • Hola Roser,

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  • Hola buenas.es posible hacer una hipoteca inversa.solo de una parte de mi piso.pues otra parte es de mi exmarido.y heredera mi hija.al fallecer los 2.es posible.solo hacer la hipoteca inversa de mi parte.y se enteraría mi ex.y mi hija.o solo sería cosa mía.y tendría k hacerlo yo solo.con mi firma.muchas gracias muy amables.ah tengo 61 años.y una minusvalía de un 63 por ciento

    • Hola, María José.

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  • Hola tengo 41 años,tengo mi casa pero si claro me queda por pagar 50.000.
    Tengo un 33% de minusvalía.Tengo mi casa de dos pisos nueva.
    A ver yo tendría opción?
    No tengo hijos,los herederos serían mis hermanos.Y ellos no quisieran la casa,tienen que pagar algo?
    Ellos sé tienen qué enterar de algo?
    Con hacienda que pasa?
    Te queda una paga mensual?
    Preguntó lo qué no me a quedado claro.
    Si sé que es para mayores de 65 años.
    Pero también pone que pueden optar a ella los que tengan una minusvalía como yo.
    Entonces yo puedo optar a ella? O no?

    • Hola, Sandra.

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