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Difusión de un vídeo íntimo en el ámbito laboral: ¿qué deben hacer los trabajadores?

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Difusión de vídeo íntimo en el trabajo

La difusión de contenidos íntimos a través de redes sociales o aplicaciones de mensajería instantánea, como WhatsApp, está de triste actualidad por el ya conocido como "Caso Iveco". La cuestión que ahora se plantea es ¿qué pueden hacer los trabajadores a los que les llega a su móvil un vídeo íntimo de un compañero o compañera de trabajo? ¿Y si no se trata de un compañero de trabajo? 

Pasos a seguir si recibes un vídeo íntimo

A continuación te explicamos qué debes hacer si recibes un vídeo íntimo a través de WhatsApp:

  1. En primer lugar, parar la difusión y no contribuir a ella.
  2. En segundo lugar, poner los hechos en conocimiento de la policía. Desde reclamador.es queremos recordar que todos tenemos la obligación de denunciar aquellas conductas que sean delictivas, siendo esta especialmente grave, pues afecta a la intimidad y al honor de una persona.

Si el vídeo íntimo es de un compañero de trabajo: debes poner esta situación en conocimiento de Recursos Humanos

Pues bien, cuando este suceso tiene lugar en el ámbito laboral, todo empleado tiene la obligación de ponerlo inmediatamente en conocimiento del departamento de RRHH (Recursos Humanos). Por otro lado, es importante tener en cuenta que entre las obligaciones de la empresa están prevenir, evitar y detectar este tipo de casos. 

Como norma general, la comunicación con el departamento de Recursos Humanos debe ser escrita cuando el informante no es ni agresor ni víctima, pudiendo ser verbal en caso contrario. RRHH, una vez que reciba la denuncia, la tratará con seriedad, confidencialidad y prontitud.

Las empresas (dependiendo de su tamaño) deben tener establecido un plan de prevención de riesgos laborales. Entre estos riesgos, se encuentra el acoso laboral, el cual, puede llegar a implicar conductas delictivas tipificadas en el Código Penal (lesiones, amenazas, coacciones etc.). En el supuesto de que la agresión fuese constitutiva de delito, se deberá poner los hechos en conocimiento de la fiscalía.

La Dirección de RRHH dirigirá el procedimiento, entrevistándose con las persona afectadas y realizando las actuaciones que considere necesarias para esclarecer la situación y los hechos.

Una vez esclarecidos los hechos, tomará las medidas que sean necesarias. Entre ellas, asegurarse de que el acoso finaliza, tomar las medidas de prevención para que no se reproduzca en el futuro, reparar los posibles daños sufridos por la víctima y sancionar proporcionalmente al agresor.

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