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Despido Nulo ¡Causas y Consecuencias!

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Despido Nulo Causas y Consecuencias. Te lo contamos.

Cuando se produce el despido de un empleado, dicho despido puede ser calificado de procedente, si la decisión se ha tomado por causas correctamente justificadas; de improcedente, si no se han cumplido los requisitos formales o no está adecuadamente argumentado; o despido nulo.

En este post, nos vamos a centrar en conocer un poco más en las causas y las consecuencias de un los despidos nulos. En este sentido, se habla de despido nulo cuando la decisión del empresario se hace en base a una serie de aspectos discriminatorios recogidos en la Constitución Española o en otras leyes, o cuando atenta contra los derechos fundamentales o las libertades públicas de ese empleado.

¿Qué se considera Despido Nulo?

  • Al estar en suspensión del contrato por maternidad y paternidad, por riesgo en el embarazo o periodo de lactancia, por enfermedades relacionadas con el embarazo, o por acogimiento o adopción. También al despedir a una embarazada antes de dicha suspensión.
  • Al solicitar o disfrutar de un permiso de lactancia por hijo menor de nueve meses o por nacimiento de hijo prematuro que necesite de hospitalización. También por solicitar o disfrutar de reducción de jornada por motivos de guardia legal o enfermedad grave del menor que requiera tratamiento continuado.
  • Al solicitar o disfrutar de excedencia con el fin de cuidar a hijos u otros familiares.
  • Al finalizar la suspensión del contrato por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento, si no han pasado más de nueve meses de la fecha de llegada del menor.
  • Al ejercer el derecho de los trabajadores víctimas de violencia de género.

Si el despido se justifica por motivos diferentes al embarazo o a los permisos y excedencias que se mencionan en los anteriores apartados, entonces el despido no podrá ser calificado como nulo.

Consecuencias de un Despido Nulo

Las principales consecuencias de un despido nulo son las siguientes:

  • El empresario debe readmitir al empleado y darle los salarios que ha dejado de percibir desde la fecha de despido. Si el trabajador estuvo trabajando durante ese periodo o percibió la prestación por desempleo, se deducirá ese dinero de la cantidad a recibir por el empleado.
  • Además, el empresario también tiene que volver a inscribir al trabajador en la Seguridad Social con efectos desde el día que se procedió a su despido, para que quede reflejado como tiempo cotizado en todos los aspectos.

En caso de que el empleado considere que su despido se encuentra entre estos supuestos, deberá demandar a la empresa por despido nulo en el plazo de 20 días.

Para ello, deberá presentar una papeleta de conciliación en el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC), con el fin de concertar una cita para el Acto de Conciliación. Si durante el acto no se llega a ningún acuerdo, el trabajador deberá acudir al Juzgado de lo Social para solicitar un juicio donde su despido pueda ser declarado como nulo.

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