Si por algo se quiere caracterizar la Unión Europea en cuanto a transporte aéreo se refiere es, sin duda, a conformarse como un espacio de seguridad para los pasajeros.
Es por ello que no todas las aerolíneas constituidas como tal pueden operar dentro del espacio aéreo europeo ni en sus aeropuertos. Aunque existe una política de “cielos abiertos”, por la cual cualquier aerolínea europea puede volar a cualquier punto de Europa sin restricción, para las no comunitarias tienen que firmarse convenios bilaterales con cada país de la Unión que establecerá las rutas que pueden realizar.
Para ello, crean una lista de aerolíneas prohibidas en la Unión Europea, y aunque no puedan operar en los estados de la Unión, sí pueden hacerlo en sus respectivos países y en otros. Pero recuerda que si tienes que hacer una reclamación de vuelo, y la incidencia ha sido con alguna de estas aerolíneas, lo más probable es que te quedes sin la compensación que te corresponde.
La Unión Europea cuenta con un Comité de expertos que pertenecen a la Agencia Europea de Seguridad Aérea (EASA) que, con las inspecciones a las aeronaves deciden si incluir o no a las aerolíneas en esta lista. Además, también verifica el funcionamiento de las propias aerolíneas.
Pero a pesar de esto, la propia Comisión indica que “debido al carácter aleatorio de las inspecciones, resulta imposible comprobar todas las aeronaves que aterrizan en cada aeropuerto de la Unión. En consecuencia, el hecho de que una compañía aérea no aparezca en la lista comunitaria no supone automáticamente que cumpla las normas de seguridad aplicables”.
El listado de aerolíneas prohibidas en la Unión Europea es actualizado cada cierto tiempo. La última publicación es del 28 de noviembre de 2018. Recoge las siguientes aerolíneas de estos países:
Existe también una lista no tan extensa de aerolíneas a las que se les podrá permitir que ejerzan sus derechos de tráfico utilizando naves arrendadas con tripulación de una compañía aérea que no esté sujeta a una prohibición de explotación. Con la condición de que cumplan las normas de seguridad. Son las siguientes:
Normalmente con este tipo de aerolíneas no es posible la contratación por Internet o incluso a través de agencias de viajes, pudiendo ser adquiridos los vuelos directamente con las propias compañías.
Y como te hemos comentado anteriormente, si te ves afectado por un retraso de vuelo, cancelación u overbooking con alguna de estas compañías la reclamación va a ser muy complicada. Son aerolíneas que no tienen ni sede ni bienes en España, por lo que aunque el juzgado emita la sentencia, no tiene capacidad de embargar a la compañía.
Nuestro consejo es que, en la medida de lo posible, evites viajar con alguna de estas compañías, ya que no cumplen con los estándares de seguridad europeos. Y recuerda que si tienes una incidencia con cualquier otra compañía que no esté prohibida en la Unión Europea, podemos ayudarte.
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