Consejos legales

Conciliación familiar: Normativa

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Descubre tus derechos como trabajador respecto a los permisos por parto, vacaciones y otros aspectos de la conciliación familiar.

Actualmente, la conciliación familiar y laboral se concibe como un derecho de los trabajadores, pero hay que recordar que se trata de una ley reciente que lleva poco más de 15 años de vigencia.

Su principal objetivo es conseguir aunar el trabajo y la familia sin que haya discriminación por razón de género y que las responsabilidades familiares tengan cabida en la faceta laboral.

En este sentido, saber los derechos de los trabajadores es imprescindible para poder defenderlos y reclamar si es necesario. De este modo, los principios de la normativa sobre conciliación familiar son los siguientes:

Permiso de maternidad

Son 16 semanas sin interrupción más dos semanas más por hijo en caso de parto múltiple. Las seis semanas posteriores son obligatorias y las diez restantes pueden distribuirse o bien antes del parto o después, o distribuirlas con los dos progenitores.

Permiso de paternida

Esta ley es pionera porque iguala el derecho del padre al de la madre. Son 13 días ininterrumpidos, más dos días por cada hijo en caso de parto múltiple. También es válido en el caso de adopción o acogida.

Lactancia

Es un derecho tanto para la madre como para el padre, y hasta que el bebé cumpla nueve meses, pero si ambos trabajan solo podrá disfrutarlo uno. La reducción horaria es una hora diaria, que podrá dividirse en dos fracciones de media hora o acumularse en un día en concreto.

Reducción de jornada

Este derecho implicaría también la reducción proporcional de la retribución (de un octavo hasta la mitad del salario) por cuidado de un familiar discapacitado o de un hijo menor de doce años. La única restricción que puede imponer el empresario es que dos personas pidan y justifiquen documentalmente el mismo derecho de reducción. Entonces, por razones del servicio, puede limitar dicho derecho de modo que no se disfrute de modo simultáneo.

Excedencia por cuidado a menores y familiares

Por hijos hasta tres años de edad, o por familiares dependientes hasta el segundo grado de consanguinidad, tendrá derecho a una excedencia de hasta tres y dos años respectivamente. Se podrá disfrutar de este período de forma fraccionada. Se tiene reserva al puesto de trabajo tras el primer año, luego se conserva la categoría profesional.

Vacaciones

Cuando el calendario de vacaciones coincida con la baja por maternidad, permiso por lactancia u otro permiso por conciliación, tendrá derecho al disfrute de sus vacaciones en un tiempo diferente (aunque haya finalizado el año).

Flexibilidad de jornada

La ley garantiza que el trabajador pueda estructurar su jornada laboral de tal forma que pueda compatibilizarla con su vida personal y familiar. De este modo podrá elegir jornada continua, horario flexible u otros modos de estructuración de su trabajo, de acuerdo con el empresario y las necesidades del servicio.

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