Hay muchos destinos en los que, para poder pasar la aduana y entrar en el país, te piden que tu pasaporte tenga una vigencia posterior a 6 meses a la fecha de estancia en ese territorio. Ese era el caso, por ejemplo, de Estados Unidos, país que además del ESTA hasta hace poco tiempo solicitaba este requisito, si bien como se explica en la página web de la Embajada de EEUU en España “Los ciudadanos con pasaporte español están exentos de la norma que exige estar en posesión de pasaportes que sean válidos durante seis meses más allá del período de su estadía prevista en Estados Unidos. Solo necesitan tener un pasaporte válido para el período previsto de estadía en el país”.
Si vas a viajar próximamente a un destino en el que tienes que presentar un pasaporte en vigor como requisito para poder entrar al país, vamos a desglosar a continuación tanto la validez del pasaporte español como el tiempo de antelación con el que puedes renovar este documento de identidad.
12 meses. Según se explica en la página web del Ministerio del Interior “podrá solicitarse un nuevo pasaporte, con la validez que corresponda al tramo de edad del solicitante, cuando el anterior se halle dentro de los últimos doce meses de vigencia”.
En los casos de hurto, robo o pérdida del pasaporte, este hecho debe comunicarse inmediatamente a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y si se estuviese en otro país, a la Embajada o Consulado. En ese momento, podrán emitir un duplicado del pasaporte.
Si pierdes o te roban el pasaporte cuando faltaban menos de 12 meses para terminar su vigencia, emitirán un nuevo pasaporte. De lo contrario, el tiempo de vigencia del duplicado será la misma que tenía el pasaporte extraviado o robado.
Es tu responsabilidad, como viajero o viajera, contar con tu documentación en regla para poder volar o acceder a un país. Cada país, fuera de la UE, tiene unos requisitos de entrada para los ciudadanos españoles, por ello, es fundamental que a la hora de preparar tu viaje te informes correctamente de los requisitos y la documentación que en la fecha de tu viaje serán obligatorios en tu destino para acceder y pasar la frontera.
Este tipo de denegaciones de embarque no son reclamables. Sí lo son cuando no te permiten subir al avión por overbooking, es decir, porque la aerolínea ha vendido más billetes que asientos tiene el avión. En estos casos, siempre que no te presentes voluntario para no volar, y siempre y cuando, pese a que te reubiquen, llegues más de 3 horas después de lo previsto a tu destino, tienes derecho a reclamar una indemnización de hasta 600 € más gastos por overbooking.
Si quieres conocer si tu denegación de embarque es susceptible de indemnización económica, puedes consultarnos en los comentarios o bien, directamente, entrar en nuestra página web y completar el formulario de overbooking.
Por último, pero no menos importante, para que tu reclamación de overbooking tenga las mayores garantías de éxito, no te vayas de la puerta de embarque sin rellenar una hoja de reclamaciones y pide al personal de la aerolínea que te sellen esa hoja.
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