Consejos legales

Accidentes: ¿qué es el lucro cesante y cuándo se reclama?

3.7/5 - (9 votos)
El lucro cesante

Si has sufrido un accidente de tráfico en el que tú no has sido el culpable, posiblemente has pensado en lo que has dejado de ganar por el daño que te ha provocado un tercero, en el caso de los accidentes de circulación, el culpable del siniestro. Esto  es lo que se considera lucro cesante. Por lo tanto, se puede definir el lucro cesante como la ganancia que se deja de obtener a consecuencia de daños ocasionados por terceros, ya sean actos ilegales, incumplimientos de contrato o como consecuencia de un accidente de tráfico.

El Código Civil, en su artículo 1.106 señala que La indemnización de daños y perjuicios comprende, no sólo el valor de la pérdida que hayan sufrido, sino también el de la ganancia que haya dejado de obtener el acreedor, salvas las disposiciones contenidas en los artículos siguientes”. De lo anterior se deduce que la indemnización que debe percibir el perjudicado en un accidente de tráfico debe contemplar también el lucro cesante.

Ahora que ya sabes qué es el lucro cesante, te contamos cuándo es posible reclamar.

Obligaciones de las aseguradoras en un accidente de tráfico

Reclamar el lucro cesante derivado de un accidente de tráfico

En reclamador.es contamos con un amplio equipo de abogados expertos en accidentes de tráfico que analizan toda la documentación para que en una misma reclamación el perjudicado en un accidente de tráfico solicite todos los conceptos a los que pudiera tener derecho. Estos son:

  • Una indemnización por lesiones o secuelas, incluso por el fallecimiento.
  • Lucro cesante.
  • Otros gastos derivados del accidente, es decir, daño emergente.

Se trata, por tanto, de una única reclamación con varios conceptos. Primeramente se dirige contra la propia aseguradora. De no llegar a un acuerdo, pues su oferta es claramente inferior a la que corresponde, se iniciaría la vía judicial.

Para reclamar el lucro cesante es importante tener en cuenta lo siguiente:

  • Debe existir una clara relación entre el daño y la pérdida de ingresos. Es decir, se debe demostrar que a consecuencia de un daño se han frustrado determinadas ganancias del perjudicado.
  • Se debe poner cuantificar el lucro cesante. Pese a que no es sencillo, se trata de demostrar la ganancia económica que se hubiera obtenido de no haber sido por el daño sufrido.
Te interesa: así debe ser la oferta motivada de indemnización por parte de la compañía aseguradora.

🙂

Equipo reclamador

Las personas que hacen posible reclamador.es

Ver comentarios

Entradas recientes

¿Se pueden llevar los productos del skincare en el avión? Guía para pasar el control de seguridad

Hacer la maleta de mano es, para muchos, un ejercicio de ingeniería. Pero hay un…

12 horas hace

¿Ya tienes los vuelos contratados para este verano 2026? Ojo con las cancelaciones

Después de Semana Santa son muchas las personas que dan el paso de contratar sus…

1 día hace

¿Corresponde compensación económica si te cancelan el vuelo por la subida del combustible?

La inestabilidad política y económica derivada del cierre del estrecho de Ormuz tiene implicaciones directas…

5 días hace

Sentencia frente a Vueling por extraviar una maleta 10 días: 550 € de indemnización

Hoy os traemos una sentencia muy interesante que hemos conseguido en reclamador.es frente a Vueling…

1 semana hace

Menos líos, más soluciones: estrenamos nueva imagen de nuestro centro de ayuda

Estamos de lanzamiento. Presentamos la nueva imagen de nuestro centro de ayuda. Ha sido un…

2 semanas hace

¿Puede un banco negarse a devolver el importe de una operación no autorizada alegando negligencia grave del cliente?

¿Puede un banco negarse a devolver el importe de una operación no autorizada alegando negligencia…

3 semanas hace