Hace unos días conocíamos la buena noticia: el Ayuntamiento de Ávila ha aceptado devolver a dos clientas de reclamador.es el 100% de lo que pagaron por el impuesto de plusvalía municipal con ganancias. Más de 8.000€ que cada hermana abonó al recibir una vivienda en herencia y que ahora el consistorio les devuelve. El decreto emitido por el ayuntamiento viene a confirmar la teoría de reclamador.es, pues consideramos que se deben anular las liquidaciones y autoliquidaciones del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana al no existir una ley que regule este tributo.
El régimen de gestión del impuesto en Ávila es por liquidación. Para reclamar, el contribuyente cuenta con un mes desde que notifican la cantidad a abonar con la liquidación.
Para defender los intereses de nuestras clientas, interpusimos recurso de reposición en el ayuntamiento de la localidad, pero este fue inicialmente desestimado por el consistorio a finales del pasado año. Así las cosas, solo quedaba la vía judicial para defender los derechos de las dos vecinas de Ávila. Presentada la demanda ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, el tribunal acaba de notificarnos el escrito presentado por el Ayuntamiento de Ávila en el que traslada a las contribuyentes copia del decreto dictado con posterioridad, que deja sin efecto el inicial y anula las liquidaciones giradas y abonadas por sus clientas. Más de 8.000€ que recibirá cada hermana por el impuesto de plusvalía que pagaron al heredar una vivienda.
El ayuntamiento centra su decisión en una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que, a su vez, toma en consideración la sentencia del Tribunal Constitucional en la que se anula el artículo que regula el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía municipal).
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