El descubierto, cuando nos referimos a términos bancarios, supone quedarse sin dinero en la cuenta. El descubierto tácito, que es su nombre técnico, se produce cuando realizas un pago o te pasan un recibo o cobro para el cual no tienes cantidad suficiente en la cuenta. El banco permite que se realice el pago haciendo “un adelanto” de la cantidad de la que no dispones en tu cuenta. Quedándote en “números rojos”, como coloquialmente se denomina a esta situación.
Ahora que ya sabes lo que es tener un descubierto en tu cuenta del banco, vamos a explicar las principales consecuencias de esta situación. En definitiva, qué supone quedarse en números rojos.
Que el banco adelante por ti un dinero y tú acumules deuda con la entidad, tiene consecuencias. Y puede salir muy caro.
Una de las primeras consecuencias es el posible pago de comisión de descubierto. Esta comisión tiene un tope legal máximo establecido. Es decir, el banco no te puede imponer cualquier “penalización” por quedarte en números rojos. El coste de ese descubierto que te repercuta el banco no puede ser superior a 2,5 % de tipo de interés legal del dinero, vigente en ese momento.
Además, respecto a esta comisión por descubierto, el Banco de España señala que:
Es posible que, si tu historial de endeudamiento es alargado, los bancos y especialmente en el que se ha producido el descubierto en tu cuenta, te denieguen la concesión en el futuro de préstamos o créditos.
No podemos olvidar que estar en números rojos es, en definitiva, tener una deuda con el banco, te has convertido en deudor, ya sea un momento puntual e incluso fortuito o bien porque tu situación económica es complicada en esos momentos.
Puedes pedir a tu banco que no te concedan ese crédito por descubierto. En otras palabras, solicitar a la entidad que en caso de no haber dinero dinero suficiente en la cuenta, no adelanten esas cantidades o si, por ejemplo, tienes 200 € en la cuenta y vas a hacer una compra de 300 € con la tarjeta de débito asociado a dicha cuenta, no permitan el pago con la tarjeta, ya que no hay dinero suficiente en la cuenta.
Pese a lo que muchas personas creen, este hecho (el adelanto del banco del importe necesario y quedarse en descubierto) se concede a voluntad de la propia entidad, pues en gran parte de las ocasiones no se pacta nada al respecto entre cliente y banco. Por eso, es importante revisar el contrato, consultar con el banco y de no haber firmado nada explícitamente, solicitar por escrito que no te concedan ese “crédito al descubierto”, así evitarás quedarte en números rojos, generar deuda y pagar comisiones.
Si el descubierto no es por un hecho puntual y sí estás pasando por un mal momento económico en el que tienes numerosas deudas, puede ser buen momento de pensar en la Ley de Segunda Oportunidad. Se trata de un mecanismo legal que permite a particulares y autónomos la exoneración total o parcial de sus deudas, siempre que cumplan con los requisitos para acoger a la segunda oportunidad.
Ante una mala situación económica, piensa en la Ley de Segunda Oportunidad e intenta evitar decisiones financieras como pagar la deuda con más deuda, por ejemplo, solicitando microcréditos cuyos intereses son elevadísimos y sus comisiones por impago desproporcionadas. Si quieres consultar con expertos, en reclamador.es, de la mano de Abogados para tus Deudas, podemos analizar tu situación y si consideramos que puedes acogerte a la LSO, te ayudamos de principio a fin para salir de ese bache en tus finanzas y comenzar de nuevo.
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