El Tribunal de Justicia de la UE ya se ha pronunciado sobre la cuestión prejudicial promovida por reclamador.es en relación a la cuantía de la indemnización por pérdida de equipaje que deben abonar las aerolíneas a sus pasajeros.
El TJUE sigue lo expuesto por el Abogado General de la Unión Europea en su informe del pasado 11 de marzo y, pese a que indica que la indemnización en caso de pérdida de equipaje debe regularse en cada caso hasta el máximo fijado en el Convenio de Montreal, es decir, hasta 1.288 Derechos Especiales de Giro (aproximadamente 1.500€ al cambio), sí recoge la dificultad de los pasajeros aéreos de probar el valor, tanto material como moral, del equipaje perdido, y por lo que recuerda a los Jueces nacionales su facultad para exigir a la compañía aérea que aporte la documentación necesaria para acreditar, por ejemplo, el peso del equipaje, y manifiesta que circunstancias como que se pierda a la ida o a la vuelta también deben servir para fijar la cuantía de la indemnización y garantizar la salvaguardia de los derechos que el Convenio de Montreal confiere a los pasajeros sin que en ningún caso deban resultar menos favorable que los previstos en las normas generales de la prueba”.
Almudena Velázquez, co-directora legal de reclamador.es y abogada que defendió la postura de nuestra compañía en el TJUE, afirma que “aunque esperábamos más de la sentencia, gracias a ella, los pasajeros aéreos que a partir de ahora vean su equipaje perdido, es decir, cuando la aerolínea tarda más de 21 en entregar el equipaje o bien lo pierde definitivamente, tendrán más opciones de probar el daño que esa pérdida provoca, pues entre otras cuestiones, el TJUE acepta nuestra petición de que sea considerado como prueba para valorar la indemnización, el peso del equipaje u otros medios que puedan servir para indicar al Juez el perjuicio sufrido; incluso aún cuando el pasajero no tenga esa prueba se exhorta al Juez a que tome en cuenta criterios como los ya señalados (pérdida a la ida o a la vuelta con la valoración conjunta de todas las circunstancias que concurran en el viaje en concreto)”.
Si te preguntas si puedes o no reclamar tu indemnización por pérdida de equipaje la respuesta es sí. Igual que hasta ahora, podrás solicitar hasta un máximo de aproximadamente 1.500€ por la pérdida de tu equipaje por parte de una compañía aérea.
Nosotros nos encargamos de todo. Pon tu caso en manos de nuestros expertos y te acompañaremos en todo el proceso hasta que consigas tu indemnización por pérdida de equipaje.
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