En la actualidad, tanto hombres como mujeres tienen derecho a una baja por paternidad / maternidad.
En los últimos años se han ido ampliando las ayudas a familias y la posibilidad de disfrutar de un descanso por ambos progenitores para mejorar la conciliación familiar.
Antes de continuar, pese a que hablemos de prestación por paternidad o maternidad, su nombre técnico actual es prestación por nacimiento y cuidado del menor, que sustituye y unifica en una única modalidad a las de maternidad y paternidad desde abril del año 2019.
En 2022, el permiso de paternidad se establece en 16 semanas, de las cuales, 6 semanas de permiso son obligatorias tras el nacimiento, adopción o acogimiento. Esto es idéntico tanto en el permiso de maternidad como de paternidad.
La prestación por paternidad (prestación por nacimiento y cuidado del menor) puede solicitarse online (con o sin certificado digital), mediante correo ordinario y en las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Como se recoge en la página web de la Seguridad Social, los documentos serán los siguientes:
Si se solicitara la prestación por adopción o acogimiento, los 3 primeros documentos señalados también serán necesarios, sin embargo, los dos últimos se sustituyen por:
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