Viviendas de alquiler que no existen o ya están reservadas, las estafas más comunes en Semana Santa: te contamos cómo evitarlas

El ‘clásico’ cada año: el apartamento reservado no existe o ya está alquilado

  • reclamador.es advierte que es fundamental estar atentos a posibles señales de fraude, como precios excesivamente bajos, y elegir métodos de pago seguros, nunca por fuera de las plataformas oficiales.
  • Los autores de estos delitos se enfrentan a penas de cárcel de entre seis meses y tres años.
  • Los estafadores tienen que restituir al usuario el dinero defraudado, los intereses y una posible indemnización por los daños y perjuicios acreditados.

Madrid, 21 de marzo de 2024. Este 2024 la Semana Santa entra antes. Se prevén temperaturas agradables y casi sin lluvia, al menos, en los primeros días. Dos buenos motivos que aprovecharán muchas personas en nuestro país para irse de viaje o hacer una escapada. No obstante, este periodo también se caracteriza por el aumento en las estafas en el alquiler vacacional: alojamientos que no existen o que ya están reservados y hay inquilinos en su interior son solo algunas de las desagradables sorpresas de última hora que pueden arruinar la Pascua.

Los autores de estos delitos, explica reclamador.es, se enfrentan a penas de entre seis meses y tres años. Cuando la estafa no supere los 400 euros, la pena será una multa de cárcel de uno a tres meses, recalca la compañía online de servicios legales.

Claves para identificar una estafa de este tipo y poder evitarlas

  • Desconfiar de los alojamientos excesivamente baratos, pues los estafadores utilizan estas rebajas como gancho para atraer a los clientes. Habitualmente estas ofertas llamativas se combinan con imágenes de la vivienda muy atractivas.
  • En la mayoría de las ocasiones, los estafadores hacen uso de páginas webs especializadas en alquiler de viviendas vacacionales para publicar ofertas que son engañosas con mensajesmal escritos, faltas de ortografía y una mala comunicación.
  • Rechazar formas de pago por adelantado y fuera de la plataforma oficial. No completar la reserva a través de WhatsApp o Bizum ni aceptar cheques bancarios o giros postales.
  • Comprobar la existencia del inmueble con Google Maps.
  • Tener en cuenta comentarios de otras personas sobre el alojamiento.
  • Sospechar del típico 'Me pillas fuera del país' a la hora de enseñar el inmueble o resolver dudas.

Lo primero que hay que hacer para reclamar

Los primero que tiene que hacer el afectado por una estafa en un alquiler vacacional es recopilar todas las pruebas que tenga, como:

  • Pantallazos de la página en la que se anuncia el alquiler o los folletos.
  • Teléfonos de contacto o correos electrónicos.
  • Justificantes de pago realizados al supuesto arrendador así como facturas.

Y con todo ello acudir a la policía o Guardia Civil para interponer una denuncia lo antes posible.

¿Por qué? Como ya se ha producido ese pago al supuesto arrendador y posteriormente este ha desaparecido, estamos ante un delito de estafa, el cual se enjuicia por la vía penal mediante una denuncia ante la Policía o Guardia Civil. La Guardia Civil cuenta con un Grupo de Delitos Telemáticos para investigar este tipo de delitos cometidos a través de internet, para que los afectados puedan recuperar el dinero estafado.

reclamador.es explica que “ante cualquier situación de estafa o abuso el usuario debe denunciar. Es muy importante dejar constancia de ello ante las autoridades porque, aunque a priori puede que no se encuentre al culpable en una estafa vacacional, la denuncia ayudará a que no le vuelva a pasar a otras personas en un futuro. Además, es probable que la Policía cuente con más denuncias similares, por lo que será más fácil identificar al estafador para poder procesarle”.

Los autores de estos delitos se enfrentan a penas de entre seis meses y tres años. Cuando la estafa no supere los 400 euros, la pena será una multa de cárcel de uno a tres meses. Igualmente, los estafadores tienen que restituir al usuario el dinero defraudado, los intereses y una posible indemnización por los daños y perjuicios acreditados.