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Las personas que hacen posible reclamador.es

30 mayo, 2025

¿Quién está exento de pagar la plusvalía municipal al heredar o vender una vivienda?

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quien esta exento de pagar la plusvalia municipal
Cuándo no hay que pagar plusvalía – ¿Quién está exento de pagar la plusvalía?

Solo aquellos herederos que reciben una vivienda cuyo valor no ha sufrido un aumento desde que el propietario fallecido la adquirió están exentos de pagar la plusvalía municipal al heredar un inmueble. Por otra parte, respecto al pago de la plusvalía municipal al vender una vivienda, únicamente aquellos propietarios que venden un inmueble sin que obtengan beneficio con ello, es decir, la vivienda no ha experimentado un aumento de valor desde la adquisición, estarán exentos de pagar la plusvalía al vender una vivienda. Vamos a ver otros casos y desarrollar quién está exento de pagar la plusvalía municipal en España. 

Casos en los que no se paga plusvalía

Además de lo ya señalado, existen otros casos o circunstancias en las que el vendedor o heredero no tiene que pagar el impuesto de plusvalía municipal:

  • Terrenos de naturaleza urbana propiedad del Estado, comunidades autónomas, del propio municipio o de entidades sin ánimo de lucro. 
  • Cuando se vende un inmueble considerado como patrimonio histórico o cultural.
  • Cuando se produce una dación en pago no hay que pagar plusvalía.
  • En aquellos casos en los que se celebre la transmisión para realizar una extinción de condominio, dividir un proindiviso o disolver una comunidad. 
  • Transmisiones entre cónyuges.

¿Se puede seguir reclamando?

Los supuestos que dan derecho a día de hoy a comenzar una reclamación del impuesto de plusvalía municipal son muy limitados. En el artículo de nuestro centro de ayuda ¿Se puede reclamar actualmente la plusvalía? te explicamos los casos en los que todavía podrías empezar una reclamación de este tributo, si bien, en reclamador.es ya no aceptamos nuevas reclamaciones por estos casos. 

Te interesa: ¿Un piso de más de 20 años paga plusvalía?
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Equipo reclamador

Las personas que hacen posible reclamador.es

30 mayo, 2025

Actualmente no gestionamos nuevas reclamaciones del impuesto de plusvalía municipal. Si retomamos este servicio, lo comunicaremos en nuestros canales oficiales.

Consejos legales impuestos, plusvalía municipal

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Comentarios

  1. Manuel dice

    18 julio, 2025 en 11:12

    Estoy vendiendo un piso para comprar otro y me han dicho que lo tengo que hacer en este año asi estoy exento de pagar plus valia pues lo consideran reinversion por comprar otro piso, por que el año que viene cambia la ley, mi pregunta es si yo lo vendo este año y por lo que sea dentro del año no puedo comprar vivienda, me influye a mi la ley nueva habiendo vendido el piso antes la entrada en vigor?

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      18 julio, 2025 en 12:30

      Hola, Manuel.
      Si existe un incremento patrimonial en la venta de la vivienda tendrás que pagar el impuesto de plusvalía. Situación diferente es el IRPF, que según el caso concreto, podrías estar exento.
      Gracias por leer el blog de reclamador.es sobre plusvalía municipal.

      Responder
  2. Ana Maria dice

    21 julio, 2025 en 1:32

    Mi madre falleció 23 enero 2022 y me vino una carta que tenía que pagar la plusvalía .porque lo que tengo entendido es cuando el piso se vende o inclemente el valor .El valor de piso está en mismo precio que no llega a estimulado por ley

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      22 julio, 2025 en 9:51

      Hola, Ana María. Te acompañamos en el sentimiento.
      La plusvalía se debe pagar cuando existe un incremento de valor en la transmisión del inmueble.
      Gracias por leer el blog de reclamador.es.

      Responder
  3. Antonio dice

    23 julio, 2025 en 11:19

    Estoy pendiente de vender un piso, el cual lo tengo alquilado, yo vivo en otro de alquiler ,por tener mi esposa un 79 % de minusvalia, tengo que pagar impuestos por ello, y que clase o cantidades???.
    Gracias

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      23 julio, 2025 en 12:07

      Hola, Antonio.
      Si tu caso no entra entre los supuestos citados en este artículo, tendrás que pagar por el impuesto de plusvalía municipal tras vender la vivienda. Respecto a las cantidades, no podemos hacer esos cálculos, pues hay que tener toda la información y documentación para saber exactamente cuánto tendrías que pagar.
      Gracias por leer el blog de reclamador.es.

      Responder
  4. María Consuelo dice

    18 agosto, 2025 en 12:19

    Quiero vender mi parte,en una casa que mi suegro dejó para cuatro hijos,uno era mi marido,que falleció y del que yo soy su única heredera.Tengo una minusválida reconocida de 77/100.¿cuánto tengo que pagar de plusvalía de 42.000 euros?

    Responder
    • Equipo reclamador dice

      19 agosto, 2025 en 10:35

      Hola.
      Sentimos informarte que no podemos hacer el cálculo con la información que nos facilitas.
      Gracias por leer nuestro blog.

      Responder
  5. Cristina dice

    28 agosto, 2025 en 10:13

    Buenas noches
    Mi suegra ha vendido un solar rustico por un importe de 8000€ y le piden pagar una plusvalía de 3300€.
    Esto me parece una barbaridad el terreno se vendió en Tenerife

    Responder

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