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Equipo reclamador

Las personas que hacen posible reclamador.es

12 junio, 2017

¿Qué pasa con los accionistas del Popular?

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Ya te contamos qué pasaba si tenías una hipoteca con cláusula suelo, bonos u otros productos del Banco Popular tras la compra por el Santander. La controversia se encuentra ahora sobre los accionistas del Banco. En los últimos años, el valor de las acciones venía cayendo drásticamente, con sucesivas ampliaciones de capital muy cuestionadas. Las críticas a la gestión se sucedían, lo que provocó el cambio de la cúpula directiva el pasado mes diciembre. En la Junta de Accionistas de abril, Emilio Saracho, presidente de la entidad, declaraba que el banco tenía solvencia “suficiente pero ajustada” y abogaba por una ampliación de capital. Algunos accionistas volvieron a reprobar la gestión de la entidad en los últimos años y reclamaron responsabilidades a sus anteriores gestores.

Además, la compra del Santander se ha producido tras la calificación como “entidad inviable” por parte de la autoridades que regulan los bancos en crisis: en la UE, la Junta Única de Resolución -JUR- y en España el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria -FROB-. Esto ha supuesto la reducción de su capital social a 0 euros. En la práctica, ha provocado que quien tuviera acciones en el Banco haya perdido todo su valor. Es decir, los accionistas han perdido el 100% de su inversión.

Los inversores podrían tratar de pleitear contra la entidad o los anteriores responsables del banco. Ahora bien desde reclamador.es aconsejamos prudencia. El principal consejo que queremos darte si eres accionista es que esperes a que la situación esté más clara para entrar en un proceso legal.

4 consejos de reclamador.es a tener en cuenta si tenías acciones del Banco Popular

  • Habría que esperar a ver si la resolución que dictó el FROB en ejecución del JUR adquiere firmeza o se recurre. Es decir, hay que ver si la venta del Banco Popular al Santander se hace firme o se recurre. Si se recurre, puede que los efectos que se han producido hasta la fecha no se apliquen o se reviertan.
  • Caducidad. Puedes estar tranquilo. Si se demuestra que hubo vicio en el consentimiento a la hora de comprar las acciones el plazo para reclamar es de 4 años. Y si se demuestra que hubo una responsabilidad del banco cuando se firmó el contrato de venta de acciones, el plazo para reclamar será de 5 años.
  • Para tener una garantía de éxito en una reclamación de este tipo, lo más prudente es esperar a que los procedimientos que se han iniciado den algún resultado. Las querellas que se han presentado contra el Consejo de Administración y auditores de la entidad bancaria va a permitir una investigación por parte de la fiscalía y policía judicial sobre si hubo administración desleal o falsedad documental. Así tendríamos la garantía de que las acciones civiles para recuperar el dinero de las acciones sean viables.
  • Sólo una vez se demuestre que es notoria la posible falsedad documental y los delitos que se comentan al respecto, habrá garantías para poder iniciar este tipo de reclamaciones.

Por tanto, lo más sensato en este aspecto es mantener la prudencia y esperar, por lo que de momento en reclamador.es no estamos gestionando este tipo de reclamaciones. Te iremos informando de las novedades en este asunto que se vayan produciendo.

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12 junio, 2017

Consejos legales sobre reclamaciones acciones, ayuda, banca, popular

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