Consejos legales

Accidentes: ¿qué es el lucro cesante y cuándo se reclama?

3.7/5 - (9 votos)
El lucro cesante

Si has sufrido un accidente de tráfico en el que tú no has sido el culpable, posiblemente has pensado en lo que has dejado de ganar por el daño que te ha provocado un tercero, en el caso de los accidentes de circulación, el culpable del siniestro. Esto  es lo que se considera lucro cesante. Por lo tanto, se puede definir el lucro cesante como la ganancia que se deja de obtener a consecuencia de daños ocasionados por terceros, ya sean actos ilegales, incumplimientos de contrato o como consecuencia de un accidente de tráfico.

El Código Civil, en su artículo 1.106 señala que La indemnización de daños y perjuicios comprende, no sólo el valor de la pérdida que hayan sufrido, sino también el de la ganancia que haya dejado de obtener el acreedor, salvas las disposiciones contenidas en los artículos siguientes”. De lo anterior se deduce que la indemnización que debe percibir el perjudicado en un accidente de tráfico debe contemplar también el lucro cesante.

Ahora que ya sabes qué es el lucro cesante, te contamos cuándo es posible reclamar.

Obligaciones de las aseguradoras en un accidente de tráfico

Reclamar el lucro cesante derivado de un accidente de tráfico

En reclamador.es contamos con un amplio equipo de abogados expertos en accidentes de tráfico que analizan toda la documentación para que en una misma reclamación el perjudicado en un accidente de tráfico solicite todos los conceptos a los que pudiera tener derecho. Estos son:

  • Una indemnización por lesiones o secuelas, incluso por el fallecimiento.
  • Lucro cesante.
  • Otros gastos derivados del accidente, es decir, daño emergente.

Se trata, por tanto, de una única reclamación con varios conceptos. Primeramente se dirige contra la propia aseguradora. De no llegar a un acuerdo, pues su oferta es claramente inferior a la que corresponde, se iniciaría la vía judicial.

Para reclamar el lucro cesante es importante tener en cuenta lo siguiente:

  • Debe existir una clara relación entre el daño y la pérdida de ingresos. Es decir, se debe demostrar que a consecuencia de un daño se han frustrado determinadas ganancias del perjudicado.
  • Se debe poner cuantificar el lucro cesante. Pese a que no es sencillo, se trata de demostrar la ganancia económica que se hubiera obtenido de no haber sido por el daño sufrido.
Te interesa: así debe ser la oferta motivada de indemnización por parte de la compañía aseguradora.

🙂

Equipo reclamador

Las personas que hacen posible reclamador.es

Ver comentarios

Entradas recientes

¿Cuántos aeropuertos hay en España?

En 2026, En España hay un total de 46 aeropuertos públicos estatales, gestionados por AENA,…

1 hora hace

Precaución a la hora de seleccionar el método de pago de la tarjeta de crédito

A día de hoy, la práctica totalidad de las tarjetas de crédito tienen, al menos,…

2 días hace

¿Estás buscando una tarjeta de crédito de aprobación inmediata? ¡Cuidado con las prisas!

Las prisas no son buenas. Seguro que te has escuchado esa frase muchas veces. Y…

4 días hace

Afectados por cancelaciones de trenes en Málaga y Sevilla: la alternativa de vuelos de Iberia y Air Europa

Tras el trágico accidente de alta velocidad que se produjo el 18 de enero de…

1 semana hace

Fast track en aeropuertos: ¿qué es y qué aerolíneas lo ofrecen?

Las colas en aeropuertos pueden suponer un gran estrés para numerosas personas. Sentir que pierden…

2 semanas hace

Llevar pasta de dientes en avión: ¿cuándo está prohibido?

Es raro pensar en hacer un viaje, ya sea corto o de muchos días, y…

3 semanas hace