Cuando un ciudadano de cualquier país no perteneciente a la UE, EEE ni a Suiza, decide venir a España a trabajar, necesita un permiso de trabajo y residencia temporal. La página web del Ministerio de Empleo y Seguridad Social de España recoge los diferentes tipos de autorizaciones que se pueden solicitar:
En este post vamos a explicar el permiso de residencia temporal y trabajo en España cuando el empleado viene a desempeñar una profesión por cuenta ajena, es decir, para un empleador o empresario.
Nos referimos a la autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena. Este permiso debe ser solicitado por el empresario cuando decida contratar a un empleado no residente en la EU, EEE o Suiza, ni familiar de ciudadanos de estos países.
Conseguir el permiso de trabajo en España es una de las cuestiones que más preocupa a los ciudadanos extranjeros que desean venir a desempeñar una profesión. Como hemos indicado, esta autorización debe ser solicitada por el empresario y tendrá un año de vigencia, aunque podrá ser renovada.
Entre los requisitos que se deben cumplir para conseguir el permiso de trabajo en España encontramos:
Además, para obtener el permiso de residencia temporal y trabajo en España, el empleado debe contar con la capacitación o cualificación mínima exigida para el puesto que desempeñará. El empresario debe, por su parte, contar con los medios económicos, materiales y personales necesarios para desarrollar la actividad por la que va a contratar a ese trabajador.
En cuanto a la documentación, es obligatorio presentar el modelo EX03, por duplicado y firmado por la empresa.
Junto con este impreso oficial, se deberá entregar el pasaporte o título de viaje en vigor del trabajador. El documento que acredite la capacitación o cualificación del futuro empleado acorde al puesto que cubrirá, también es obligatorio.
En relación a la documentación a presentar de la empresa:
La principal regulación de la autorización inicial de residencia temporal y trabajo la encontramos en las siguientes normas:
Cuando se concede el permiso de residencia temporal y trabajo, el interesado debe solicitar en un plazo máximo de 3 meses el visado, que deberá acompañar de:
La oficina consular o la misión diplomática donde se presentó la solicitud del visado dispone de un mes para resolver dicha petición. Anteriormente, el trabajador deberá informar al empresario de la concesión de la autorización y del inicio de la solicitud del visado para poder entrar en España con ese permiso de trabajo temporal.
Una vez se ha concedido el visado, el trabajador dispone de un mes para recogerlo, de no hacerlo, se entenderá que renuncia a dicho documento. Y una vez recogido el visado, el trabajador dispone de otros tres meses para entrar y permanecer en España hasta que se produzca la afiliación y alta en la Seguridad Social.
Una vez producido el alta en la Seguridad Social, el trabajador dispone de un mes para solicitar el TIE.
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