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Contrato temporal en fraude de ley: qué hacer cuando se te acaba

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Contrato temporal en fraude de ley

Seis meses. Es lo que ha durado la racha positiva del empleo en España. El fin de agosto y de la alta temporada turística han traído malas noticias para el mercado laboral: una crecida del paro que implica la mayor destrucción de puestos de trabajo desde el año 2008. Ahora, ya entrado septiembre, los datos mejoran, pero siguen sin ser alentadores. Y es que, hasta octubre y noviembre (los mejores meses para encontrar un trabajo estable y cualificado), no se irá equilibrando esta situación.

Si bien anteriormente te contábamos qué condiciones deben tener los trabajos de verano, hoy te vamos a contar cómo ha quedado el empleo español tras finalizar la mayoría de los contratos estivales y qué hacer si el tuyo también también ha llegado a su fin, y crees que hay algo en él que no ha sido del todo correcto.

Contrato temporal: Un agosto duro

El número de parados registrados en las oficinas de los servicios públicos de empleo (antiguamente INEM) subió en agosto en 46.400 personas. Acabando así con un semestre de bajadas consecutivas del paro. En total, la cifra de desempleados alcanzó las 3.382.324 personas.

No obstante, tienes que saber que es aún más alarmante la situación que afecta a la Seguridad Social, que ha perdido 179.485 afiliados. Es su peor dato desde el año 2008. Esta cifra sitúa al número de ocupados cotizantes en los 18.309.844, según el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

También es cierto que el final de agosto siempre ha sido incompatible con el empleo. Pero este año ha sido especialmente duro con él.

Estos datos no solo muestran una mala situación del empleo, sino que confirman otro dato negativo: la precariedad laboral y los contratos laborales temporales. Estos tipos de contratos son, a día de hoy, los que más se firman, principalmente en temporada estival. No obstante, algunos de ellos suelen acabar en fraude de ley, sobre todo los contratos por obra o servicio

¿Cuándo existe fraude de ley en un contrato temporal?

El fraude de ley en un contrato temporal, sobre todo cuando se trata de un contrato por obra o servicio, se da cuando no se usa de manera correcta la contratación temporal. En otras palabras, se da cuando las empresas utilizan estos contratos temporales para enmascarar una relación laboral indefinida.

Cuando te contratan temporalmente por obra y servicio, te están contratando para una obra, es decir, para desempeñar funciones que tienen autonomía y sustantividad dentro de la empresa. Te ponemos un ejemplo:

Un bar contrata a una chica para realizar la función de azafata durante una semana. Ser azafata es una obra o un servicio determinado que no tiene nada que ver con la actividad normal de un bar (servir bebidas, comidas…). Sin embargo, si esta misma chica es contratada por obra o servicio y termina haciendo las funciones propias del bar, se trataría de un fraude, porque no estaría realizando funciones distintas a las propias de la empresa.

¿Qué derechos tienes una vez finaliza tu contrato temporal en fraude de ley?

Cuando existe fraude de ley en un contrato temporal, te corresponden los siguientes derechos:

  • Que se declare la relación laboral como indefinida.
  • Si te abone el correspondiente recibo de saldo y finiquito en caso de que no se te hubiese dado ya.
  • A que te indemnicen con 33 días de salario por año trabajado. O la parte proporcional al tiempo que hayas estado trabajando.

¿Cómo puedo reclamar mi contrato en fraude de ley?

Por si lo desconoces, dispones de 20 días desde que finaliza tu contrato temporal para presentar papeleta de conciliación ante el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación laboral). Con esta papeleta, solicitas que se declare tu contrato en fraude de ley. Y así que se te abone la indemnización correspondiente. Que son 33 días por año trabajado o la parte proporcional al tiempo que lo hayas hecho.

Si crees que tu contrato laboral estaba en fraude de ley, podemos ayudarte a reclamarlo.

Equipo reclamador

Las personas que hacen posible reclamador.es

Ver comentarios

  • Hola,me llamo inma y quería saber si es legal el contrato q tengo,yo desempeño en un restaurante la labor de jefa de sala y mi contrato pone como tal pero en la seguridad social en mi vida laboral me pone auxiliar administrativo, eso es correcto

    • Hola, Inmaculada.
      Eso no debería ser así. Te recomendamos acudas a tu empresa para valorar el cambio. Gracias.

  • Hola mi nombre es Javier a mi me contrató una empresa para sustituir a una persona en interinidad 20 años en puesto de limpieza ella se incorporó y yo seguí en el mismo sitio lo único que me cambiaron fue las horas la empresa dejó de pagarnos le denunciamos en ACNAZ a mismo sitio me dieron la baja y a la empresa la echaron de centro penitenciario al que se le hacía el servicio con 4 meses de mi contrato ahora hay otra empresa encargada del puesto y a mí me an dado el alta ahora que tengo que hacer si la empresa que pertenecía no da señales de nada pero estoy de alta en la seguridad social y la empresa nueva dice que no le pertenezco que a mi empresa la echaron pero yo tengo el puesto de trabaja allí

    • Hola, Javier.
      Se trata de un asunto complejo al que no te podemos dar respuesta por este canal. Te recomendamos pongas la protección de tus derechos en manos de abogados laboralistas.
      Gracias por leer nuestro blog.

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