La compañía aérea Air Europa ha vuelto a ser condenada por la justicia y además el juez la ha declarado en rebeldía por no acudir al juicio. Como podéis comprobar en la sentencia que os damos a conocer, el juez estima que la compañía debe indemnizar con 300€ a dos clientes de reclamador por los daños y perjuicios que padecieron por un retraso en sus vuelos.
Los viajeros sufrieron la demora cuando se dirigían de Salvador de Bahía, en Brasil, hasta Madrid, el pasado 4 de enero de 2014. En este sentido, como ya sabéis por anteriores post, los derechos de los usuarios son: derecho a información desde el primer momento; derecho de asistencia a partir de las 2 horas de retraso; y compensaciones económicas si el vuelo se retrasa más de 3 horas. En cuanto a estas indemnizaciones, se cuantifican en los siguientes importes: 250 euros para vuelos de corta distancia; 400 euros para media; y 600 euros para todos los vuelos de larga distancia.
En la reclamación que hoy nos atañe, el juez ha estimado que concedía la indemnización que solicitábamos en virtud de las horas de retraso y de los kilómetros de trayecto del vuelo, calculados como daño moral en base a la jurisprudencia más reciente.
Fecha del vuelo: 4 de enero de 2014
Código del vuelo: Vuelo Air Europa UX84
Trayecto: De Salvador de Bahía (Brasil) a Madrid
Sentencia: La resolución del 12 de septiembre de 2014 indica que Air Europa está condenada a pagar una indemnización por el retraso de 300€ a cada cliente del vuelo que haya presentado una reclamación ante la aerolínea.
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