Cuando inicias una reclamación bancaria, en ocasiones es necesario iniciar la vía judicial. Esto se debe fundamentalmente a la negativa de las entidades bancarias a llegar a un acuerdo previo y devolverte lo que te corresponde. Normalmente, en estos casos, como pueden ser reclamaciones de gastos de hipoteca o cláusula suelo, el juez no solicita que acudas a la vista, pero es cierto que puede ocurrir, depende de cada caso y de cada juzgado.

Si esto ocurre, es decir, si te hemos comunicado que han solicitado que acudas al juicio de tu caso por la reclamación frente al banco, no te preocupes, nuestro equipo legal hablará contigo, te informará y resolverá todas tus dudas para que la resolución final de la reclamación sea lo más satisfactoria posible.

Y siempre, ante cualquier duda, tanto del estado de tu reclamación como de cualquier comunicación que te hemos realizado, puedes contactar con nosotros a través de cualquiera de las vías de atención al cliente que ponemos a tu disposición. En reclamador.es estamos para ayudarte y defender tus derechos como consumidor.

¿Siempre que se presenta una demanda frente al banco se llega a juicio?

No, no siempre que se presenta una demanda se llega necesariamente a juicio. La posibilidad de llegar a un acuerdo con el banco está presente en todo momento y es posible hasta justo antes de la celebración del juicio.

En algunos casos, será posible llegar a un acuerdo en la audiencia previa, por lo que no será necesaria la celebración del juicio.

Es más, en reclamador.es siempre intentamos llegar a un acuerdo beneficioso para nuestros clientes sin necesidad de tener que esperar la sentencia, pero la otra parte no siempre acepta y prefiere dilatar los tiempos del procedimiento para devolver a su cliente el dinero que, por ley, le corresponde.

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