Las reclamaciones bancarias pueden resolverse de dos formas principalmente una vez iniciada la vía judicial: que haya una sentencia de un juez o que se llegue a un acuerdo con el banco antes de la celebración del juicio. Si se celebra un juicio, la sentencia puede ser a favor o en contra de lo que se ha pedido en la demanda.

Tanto si la sentencia es favorable como si se llega a un acuerdo, se abre un nuevo punto en el proceso de la reclamación que llegaría hasta el cobro de la misma por parte del afectado.

¿Cuál sería el siguiente paso en el proceso de mi reclamación bancaria?

En este punto nos encontraríamos en que, en un principio, el proceso legal habría llegado a su fin. Sólo faltaría la última parte que es que el banco te pague tu dinero. Puede hacerlo de varias formas:

  • Que hagan un ingreso en tu cuenta. El banco puede optar por ingresar directamente en tu cuenta corriente la cantidad que corresponda devolverte por tu reclamación. Es importante que nos avises para que comprobemos que la cantidad que te han abonado es la correcta. De lo contrario podríamos iniciar la vía ejecutiva para que el banco pagara y si ya te pagó podrían condenarnos en costas. En este supuesto, luego serías tú quien deberá abonar nuestros honorarios.
  • Que realicen el pago en una cuenta del juzgado. En esta posibilidad el banco, en vez de ingresarte el dinero en tu cuenta, lo haría en una cuenta corriente que el juzgado tiene para tal fin. Si esto pasa, el procurador que te representa retirará tu dinero y nosotros emitiremos una factura que recibirás por correo electrónico y que, además, encontrarás en tu área de cliente. En este supuesto, descontaríamos nuestros honorarios y gastos antes de ingresar tu dinero. Por otro lado, hay ocasiones en las que tendrás que acudir tú con el procurador para retirar el dinero. Aquí luego tendrías que ingresarnos nuestros honorarios y gastos si correspondiera.

¿Y qué ocurre si el banco no paga?

Puede suceder que el banco no abone ni en tu cuenta ni en el juzgado la cantidad que tiene que devolverte. Si esto sucediera, Si esto sucediera, comenzaríamos con la vía ejecutiva, es decir, iniciaríamos una nueva fase legal para que el juzgado obligue al banco a pagar, incluso embargando sus cuentas si fuera necesario.

Nota: es importante que si el banco te hace el ingreso, nos avises para comprobar que la cantidad está bien.